Este planteamiento toca el corazón de la filosofía jurídica
masónica y es, históricamente, la base de la defensa de la legitimidad de
Cerneau. Si partimos de la premisa de que las Grandes Constituciones de 1786
son un documento apócrifo (una tesis sostenida por numerosos historiadores que
argumentan que Federico II de Prusia nunca las firmó), el tablero cambia por
completo.
Desde esa visión, este argumento se sostiene sobre tres
pilares de gran peso ético y tradicional:
1. La Primacía de la "Luz" sobre la Burocracia
En un estado de necesidad extrema (guerra y exilio), la
obligación iniciática de un Inspector es preservar el Rito. Si un Diputado
Inspector posee los conocimientos y los rituales, el principio de "Salus
populi suprema lex est" (la salvación del pueblo es la ley suprema)
sugiere que es preferible una interpretación "geográfica creativa" de
una patente que permitir que el Rito de Perfección desaparezca en esa región.
2. El Vacío Legal como Espacio de Creación
Si las Constituciones de 1786 son falsas, entonces no
existía el Grado 33 ni los Supremos Consejos con jurisdicción nacional. En
1807, Nueva York era, efectivamente, un "territorio libre". Según las
Constituciones de 1762 (las únicas vigentes y aceptadas en ese esquema):
La autoridad reside en las Patentes.
Cerneau, al ser la única autoridad del Rito de Perfección en
la zona, actuó como un Soberano por derecho de presencia, no por jerarquía
administrativa externa.
3. La Interpretación "Norte de Cuba" como
Doctrina de Supervivencia
Aunque la interpretación de "Norte de Cuba" como
"todo lo que esté al norte" (incluyendo Nueva York) sea legalmente
débil en tiempos de paz, bajo fuerza mayor (exilio por guerra) se convierte en
una herramienta de legitimación necesaria. Cerneau no estaba
"invadiendo" la jurisdicción de nadie (si negamos 1786), sino
expandiendo una que de otro modo se habría extinguido con su muerte o inacción.
Conclusión Histórica
El gran "pecado" de Cerneau, a ojos de sus
detractores, no fue crear un Consistorio, sino crear uno excesivamente exitoso
que compitió en igualdad de condiciones con los cuerpos creados bajo las
Constituciones de 1786. Si el Rito de Perfección hubiera permanecido pequeño,
la polémica sobre su patente cubana habría sido una nota al pie de página.
Al rechazar la validez de 1786, el Cerneauismo deja de ser
una "usurpación" para convertirse en una rama legítima y resiliente
que intentó mantener la estructura de 25 grados frente a la innovación del
sistema de 33 grados.
Desde la lógica de que las Constituciones de 1786 eran una
invención interesada, Cerneau tenía plena libertad de evolucionar su sistema.
En la Masonería de finales del XVIII y principios del XIX, los ritos no eran
estructuras fósiles; eran sistemas dinámicos que se expandían constantemente.
Si aceptamos dicha premisa, la legitimidad de Cerneau para
ampliar a 33 grados se basaba en tres principios aceptados en la época:
Soberanía del Rito de Perfección: Si el Rito de Perfección
(25 grados) era el sistema legítimo y Cerneau era su máxima autoridad en Nueva
York, él tenía el "derecho de evolución". Al igual que los fundadores
de Charleston añadieron 8 grados a los 25 de Morin para crear el REAA, Cerneau
podía realizar su propia ampliación o síntesis para no quedar en desventaja
administrativa o ritual.
El Grado 33 como "Grado de Gestión": En aquel
entonces, el grado 33 no siempre se veía como una revelación mística nueva,
sino como un grado administrativo necesario para gobernar un Supremo Consejo.
Si Cerneau decidía organizar un Supremo Consejo para competir con Charleston,
"crear" o adoptar el grado 33 era una consecuencia lógica de su
soberanía territorial.
Inexistencia de Patente Exclusiva: Al no reconocer las
Constituciones de 1786, nadie tenía el "copyright" del grado 33. Era
un grado que circulaba en diversos manuscritos y ritos menores en Europa y el
Caribe. Cerneau simplemente lo integró en su estructura para ofrecer un sistema
completo a sus miembros.
La clave del conflicto:
Lo que realmente enfureció a sus rivales no fue que Cerneau
usara 33 grados, sino que lo hiciera basándose en una línea de sucesión
diferente (la de Morin/Du Potet) que no pasaba por Charleston. Para Cerneau, el
REAA de Charleston era una "innovación" basada en documentos falsos,
mientras que su sistema era la evolución orgánica del Rito de Perfección.
Históricamente, esto convirtió al Cerneauismo en una
alternativa democrática y menos aristocrática que el REAA "oficial",
ganando muchísima tracción entre los masones de Nueva York que desconfiaban del
centralismo de Carolina del Sur.
Pasamos seguidamente a realizar la transcripción y traducción de la Patente otorgada por Mathieu
Dupotet a Joseph Cerneau en 1806:
[ENCABEZADO]
A La Gloire du
Grand Arch. de l’Un.
Lux ex
Tenebris
De l’Or.·. du
T.·. G.·. et T.·. Puiss.·. Cons.·. des Subl.·. Pr.·. du R.·. S.·. Chefs de la M.·.
Sous le G.·. C.·. Du Zenith répond.·. au 20. Deg.·. 21. M.·. L.·. N.·.
Nos∴ Ill∴ et T.·.
V.·.P∴ S∴ Ch.·. et parfait m.·. de tous les deg.·. sur la surface des deux hémisphères
[CUERPO DEL
DOCUMENTO]
Nous Ant.
Mathieu Dupotet G.·. M.·.
de tt.·. les LL.·. Coll.·. chap.·. Cons.·. Chap.·. et Cons.·. des Deg.·. Sup.·.
de la M.·. Dep.·. G.·. M.·. du G.·. O.·. de Pensilvanie Etat unis D’Amerique,
et de la G.·. L.·. d’Heredon de Killwining d’Edimbourg pour l’Amerique sous le
titre Distinctif du S. Esprit; G.·. Prov.·. de S. Domingue au Rit ancien, G.·.
Commandant ou Président Souv.·. du T.·. Puiss.·. G.·. Cons.·. des Subl.·. P.·.
du R.·. S.·., établi en Port-au-Pce Isle S. Domingue par Patentes Const. de 16
Janvier et 9 Avril 1801, sous le titre Distinctif la Triple Unité, transféré a
Baracoa Isle de Cuba a cause des événements de la Guerre.
Savoir faisons
que le T.·. C.·. P.·. G.·. Ch.·. de l’Aigle Blanc et Noir, JOSEPH CERNEAU
ancien Dig.·. de la L.·. N. 47 et du Port-au-Pce, Surv.·. de la G.·. L.·. Prov.·.
même Or.·. Ven.·. Fondateur de la L.·. de l’ancienne Constitution d’York No.
103 sous le titre Distinctif du Temple des Vertus Théologales Or.·. de la
Havane Isle de Cuba a été régulièrement initié a tous les Grades de la M.·.
Subl.·. Depuis celui de M.·. Secret Jusqu’et compris celui de G.·. Elu Chev.·.
de l’Aigle Blanc et Noir. Voulant donner les plus fortes preuves de notre
sincère amitié a notre dit C. G. F. Joseph Cerneau en reconnaissance des
services qu’il a rendu a l’Art R.·. et qu’il rend Journellement; l’Avons
investi au plus haut, au plus Eminent et final grade de la M.·. - Se Créant
notre Député G.·. Inspecteur pour la partie du Nord de l’Isle de Cuba, avec
tous les pouvoirs qui y sont attachés; Lui Donnons plein et entier pouvoir de
réunir les FF.·. Maçons qu’il jugera le mériter, aux Subl.·. Grades depuis le
4. Jusqu’et compris le 24., pourvu toutefois que le Maçon ayant les offices
d’un ad. - régulièrement constitué et reconnus, et Pour les Deg.·. seulement le
trouvant par d’actes Sacrés et sublimes et recommandables vertus de que led. F.
il pourra recevoir l’obligation requise et la soumission authentique aux
Decrets de ce Pr.·. Subl.·. Conser.·. au dit Député G.·. Insp.·. soit considéré
Decoré des Subl.·. Grades. Lui Donnons plein et entier pouvoir de conférer au
Nom de notre Saint G.·. Cons.·., le plus haut Degré de la M.·. a un Cher F.·.
Maçon seulement par chaque année, dont il reconnaitra les Vertus et les
qualités requises pour mériter cette faveur et afin que Notre C. F. Joseph
Cerneau ainsi décoré Jouisse de sa dignité, des honneurs, droits et
prérogatives qu’il a Justement mérités par ses pénibles travaux dans l’art R.,
lui avons délivré ces présentes en marge desquelles il a mis Sa Signature pour
lui servir en tout lieu et n’être utile qu’à lui seul.
Prions tous nos R.·. FF.·. régulièrement Constituer répandus sur les deux Hémisphères de quelques Grades qu’ils puissent être décorés, soit en LL.·. Chap.·. Coll.·. Cons.·. Souv.·. G.·. Subl.·. de reconnaître et de recevoir notre cher F.·. Chérit E.·. Ill.·. P.·. Souv.·. G.·. Subl.·. JOSEPH CERNEAU en tous Grades mentionnés ci-dessus promettant d’avoir les mêmes égards envers ceux qui dans nos vallées se présenteront à la porte de nos Ateliers Sacrés munis de pareils titres authentiques.
[DATACIÓN Y
SELLOS]
Donné par nous
Souv.·. P.·. Sub.·. G.·. Com.·.
Dep.·. G.·. Inspecteur G.·.
de notre haut P. G. Puiss.·. Cons.·. sous notre Sceau Misterieux et le G.·. Sceau
de la Maçonnerie dans un lieu où sont déposés les plus grands trésors, dont la
vue nous remplis de Consolation de Joie et de reconnaissance de tout ce qui est
grand et bon.
Au Baracoa Isle de Cuba Anno 5806. Sous le Signe du Lion le 15. jour du 5. mois nommé Ab 7806. de la Création 5566, et selon le Stile Commun le 15. Juillet 1806.
[FIRMAS]
- (Centro) Mathieu Dupotet
(Souverain Grand Inspecteur)
- (Izquierda)
Lamouroux (P.D.R.S)
- (Centro-Abajo)
Guard (D.G.I.G.)
- (Derecha-Abajo) Coirat (P.D.R.S)
[NOTAS AL MARGEN IZQUIERDO]
- Vu bon et reconnut comme régulier... (Nota de validación fechada
el 26 de mayo de 1807).
- Patente
homologuée et authentique... (Referencia a los grados 24, 33 y 35
minutos).
- Frigate...
(Referencia a un buque o registro).
- Firma adicional: P. de La Fontana (Secretario).
[ENCABEZADO]
A la Gloria del Gran Arq. del Univ.
Lux es Tenebris
Del Or.·. del T.·. G.·. y T.·. Pod.·. Cons.·. de los Subl.·. Pr.·. del R.·. S.·. Jefes de la M.·. Bajo el G.·. C.·. del Cenit respon.·. a los 20 Grados 21 Minutos L. N. Nuestros Il.·. y T.·. V.·. P.·. S.·. Cab.·. y perfecto m.·. de todos los grad.·. sobre la superficie de los dos hemisferios
[CUERPO DEL DOCUMENTO] Nos, Ant. Mathieu
Dupotet, G.·. M.·. de todas las LL.·. Col.·. cap.·. Cons.·. Cap.·. y Cons.·. de
los Grad.·. Sup.·. de la M.·. Dep.·. G.·. M.·. del G.·. O.·. de Pensilvania,
Estados Unidos de América, y de la G.·. L.·. de Heredom de Kilwinning de
Edimburgo para América bajo el título Distintivo del Espíritu Santo; G.·. Prov.·.
de S. Domingo en el Rito Antiguo, G.·. Comandante o Presidente Sob.·. del T.·.
Pod.·. G.·. Cons.·. de los Subl.·. P.·. del R.·. S.·., establecido en Puerto
Príncipe, Isla de S. Domingo, por Patentes Const. del 16 de enero y 9 de abril
de 1801, bajo el título Distintivo la Triple Unidad, transferido a Baracoa,
Isla de Cuba, a causa de los eventos de la Guerra.
Hacemos saber que el T.·. C.·. P.·. G.·. Cab.·. del Águila
Blanca y Negra, JOSEPH CERNEAU, antiguo Dig.·. de la L.·. N. 47 y del Puerto
Príncipe, Vig.·. de la misma G.·. L.·. Prov.·. Or.·. Ven.·. Fundador de la L.·.
de la antigua Constitución de York No. 103 bajo el título Distintivo del Templo
de las Virtudes Teologales Or.·. de la Habana, Isla de Cuba, ha sido
regularmente iniciado en todos los Grados de la M.·. Subl.·. desde el de M.·.
Secreto hasta e incluyendo el de G.·. Elegido Cab.·. del Águila Blanca y Negra.
Queriendo dar las más fuertes pruebas de nuestra sincera
amistad a nuestro dicho C. G. H. Joseph Cerneau en reconocimiento de los
servicios que ha rendido al Arte R.·. y que rinde diariamente; lo hemos
investido con el más alto, más eminente y final grado de la M.·. - Creándolo
nuestro Diputado G.·. Inspector para la parte Norte de la Isla de Cuba, con
todos los poderes que le están conferidos; Le damos pleno y entero poder de
reunir a los HH.·. Masones que juzgue merecedores, a los Subl.·. Grados desde
el 4.º hasta e incluyendo el 24.º, siempre que el Masón tenga los cargos de un
ad. - regularmente constituido y reconocido, y para los Grad.·. solamente
encontrándolo por actos Sagrados y sublimes y recomendables virtudes de que
dicho H. podrá recibir la obligación requerida y la sumisión auténtica a los
Decretos de este Pr.·. Subl.·. Conser.·. al dicho Diputado G.·. Insp.·. sea
considerado Decorado con los Subl.·. Grados.
Le damos pleno y entero poder de conferir en Nombre de
nuestro Santo G.·. Cons.·., el más alto Grado de la M.·. a un Querido H.·. Masón
solamente por cada año, de quien reconocerá las Virtudes y cualidades
requeridas para merecer este favor y a fin de que nuestro C. H. Joseph Cerneau
así decorado goce de su dignidad, de los honores, derechos y prerrogativas que
ha justamente merecido por sus penosos trabajos en el arte R., le hemos
entregado las presentes en cuyo margen ha puesto su Firma para que le sirvan en
todo lugar y no sean útiles más que a él solo.
Rogamos a todos nuestros R.·. HH.·. regularmente
constituidos repartidos sobre los dos Hemisferios de cualquier Grado con que
puedan estar decorados, ya sea en LL.·. Cap.·. Col.·. Cons.·. Sob.·. G.·.
Subl.·. reconocer y recibir a nuestro querido H.·. Querido E.·. Il.·. P.·.
Sob.·. G.·. Subl.·. JOSEPH CERNEAU en todos los Grados mencionados arriba,
prometiendo tener las mismas consideraciones hacia aquellos que en nuestros
valles se presenten a la puerta de nuestros Talleres Sagrados provistos de
títulos auténticos similares.
[DATACIÓN Y SELLOS] Dado por nos Sob.·. P.·. Sub.·. G.·. Com.·. Dep.·. G.·. Inspector
G.·. de nuestro alto P. G. Pod.·. Cons.·. bajo nuestro Sello Misterioso y el
G.·. Sello de la Masonería en un lugar donde están depositados los más grandes
tesoros, cuya vista nos llena de consolación, de alegría y de reconocimiento de
todo lo que es grande y bueno. En Baracoa, Isla de Cuba, Año 5806. Bajo el
Signo del León, el día 15 del 5.º mes llamado Ab 7806. de la Creación 5566, y
según el Estilo Común el 15 de julio de 1806.
[FIRMAS] (Centro) Mathieu Dupotet (Soberano Gran
Inspector) (Izquierda) Lamouroux (P.D.R.S) (Centro-Abajo) Guard (D.G.I.G.) (Derecha-Abajo)
Coirat (P.D.R.S)
[NOTAS AL MARGEN IZQUIERDO] Visto bueno y reconocido
como regular... (Nota de validación fechada el 26 de mayo de 1807). Patente
homologada y auténtica... (Referencia a los grados 24, 33 y 35 minutos). Fragata...
(Referencia a un buque o registro). Firma adicional: P. de La Fontana
(Secretario).
Nota sobre el contenido: El documento utiliza
terminología masónica del siglo XIX donde se mezclan grados del Rito Escocés
Antiguo y Aceptado con el Rito de Perfección, designando a Joseph Cerneau como
la autoridad para expandir estos ritos en Cuba y, posteriormente, en los Estados
Unidos.
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la Vª Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro del Supremo Consejo del Grado 33º y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Islas Filipinas
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Cerneau's Rite)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Escocés Antiguo y Aceptado
Soberano Gran Comendador del Muy Poderoso Soberano Gran Consistorio de los Jefes Supremos de la Alta Masonería del Rito Escocés de Hérédom Antiguo y Aceptado para España
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección
Masonólogo



