25 enero 2024

Hacia donde debemos avanzar los masones en el Siglo XXI

No hay punto planeta en el que se dé la sensación en que comience a atisbarse una mejoría en las variopintas situaciones devastadoras originadas por múltiples degeneraciones multifactoriales en nuestras sociedades, desgarradas hasta un punto que nunca antes yo había vivido. No hemos tenido, ni siquiera políticamente, la capacidad de unirnos globalmente contra la adversidad. Solo el cambio y la evolución individual, con una implicación real con nuestro contexto más cercano, puede dar lugar a mitigar ese "más de lo mismo" con múltiples caras. En mis reflexiones he recordado los intercambios de pareceres con el magnífico filósofo Patrick Négrier, siempre generoso en dar aquel saber que posee y sobre el cual se halla siempre en permanente cuestionamiento, habida cuenta de que la verdad absoluta es inexistente en este plano terrenal.

En unos no muy lejanos y convulsos tiempos de pandemia, me decía: 

"Querido Joaquim:

La masonería es una buena escuela, pero a veces los masones la practican de manera insuficientemente metódica debido a que a veces no parecen tener en cuenta que hay dos categorías de seres entre ellos y que cada una de estas dos categorías no está llamado a hacer el mismo tipo de trabajo.

Por un lado, hay quienes tienen tiempo libre y educación suficiente para participar en una interpretación metódica y sabia de los símbolos, pero este trabajo moviliza mucha energía, tiempo y dinero.

Y, por otro lado, están aquellos que, teniendo una familia que mantener y un trabajo profesional muy ocupado, realmente no tienen los medios para participar en una exégesis científica y sistemática de los símbolos, y que progresarían más si adivinaran que entre los símbolos masónicos, hay un pequeño número cuya interpretación, fácil, se trata menos de una relación de conocimientos sino en llevar a cabo diversos ejercicios espirituales para practicar, tales como los siguientes:


A)   escribir las impresiones de iniciación (consultar cada momento sus sentimientos e impresiones frente a la vida)
B)   el espejo (autoconocimiento)
C)   el cráneo del gabinete de reflexión (recordando constantemente que moriremos y sacando las consecuencias prácticas)
D)   la letra G, alusión al " Método geométrico ", modelo de racionalidad que en sus “Pensamientos” Pascal llamó" el espíritu de la geometría" (nunca pensar o actuar sin usar la razón)
E)   los cinco sentidos (apegarse exclusivamente a los hechos observados y a los datos de sus experiencias)
F)    el silencio del aprendiz: mantenerse en silencio para escuchar las palabras y los hechos de las personas, así como los eventos de la historia)
G)   el ojo inscrito en el triángulo (permanecer constantemente atento a todo lo que cada día proviene de sí mismo hacia mí afectándome, mirándome, preocupándome y no rechazándolo, censurándolo o negándolo, sino entendiéndolo)
H)   las esferas terrestres y celestiales ("contemplan la totalidad del tiempo y la totalidad de la realidad". ": PLATÓN, República 486 a), y finalmente
 I)   la piedra cúbica con la que el compañero afila sus herramientas (respetando los principios de epistemología, heurística, lógica y dialéctica, que se basa en dos principios: 1. Federar los diversos fenómenos en la forma unitaria de un concepto; 2. Rechazar este concepto en sus diversas especificaciones para evitar sucumbir a la trampa de generalizaciones falsas, indebidas e ilusorias).

Creo que, si ciertos masones practicaran estos ejercicios espirituales propuestos por la francmasonería, rápidamente obtendrían acceso al conocimiento que solo hace posible crecer y derivar de este crecimiento la satisfacción personal que contribuye directamente a la paz social. Solo la verdad y, por lo tanto, el conocimiento puede, debido a sus consecuencias éticas, salvar a la humanidad de todos sus males (mentiras, robos, violencia verbal y física, ya sea privada o pública, incluso a nivel del gobierno de los Estados)".

Como masón que me consagro a la construcción del Templo al Gran Arquitecto del Universo, aún me encuentro lejos de alcanzar mi objetivo, si bien dicha dificultad, más que hacerme decaer, me motiva.

Mi modesta opinión personal, es que para amplificar el propio sentido de la existencia misma de la Orden en esta era moderna, se precisa de una autoevaluación permanente, rigurosa como individuo (que es lo que está solamente en mi campo de acción interno), como colectivo pues nuestra interacción con nuestro entorno es innegable, y de la que también podemos recibir grandes excelencias en cualquier campo del conocimiento y de la acción constructiva. Si no nos empleamos a ello con empeño corremos el riesgo de involucionar o, quien sabe, tal vez de desaparecer. Así, estadísticamente podemos tener la certeza demostrable actualmente de lo siguiente:

a) Existe una falta de formación masónica (en todos sus apartados) en una espantosa cantidad de Cuerpos.

b) Se aprecia el aumento de un exceso de despreciables ignorantes que van a la caza de un poder etéreo y vanidoso, donde de paso algunos buscan influyentes favores sociales, económicos o políticos entre otros.

c) Tenemos una gran falta de literatura masónica de calidad en lengua española.

d) Debemos reforzar nuestras acciones en la implicación y diseño de proyectos para la mejora educativa global, alimentaria, e incluso sanitaria en algunos Orientes.

e) Corremos el peligro de una regresión en nuestra membresía tomando medias estadísticas de los actuales miembros activos.

f) Es preciso dar a conocer los valores de la orden, tanto éticos como morales, sin caer en un inaceptable proselitismo.

g) Necesitamos analizar los procesos y actuaciones a nivel mundial: aunque nuestro pulimiento es completamente individual, pero formamos parte a la vez, como ya he expresado anteriormente, ded una construcción elaborada conjuntamente, como bien se expresa en nuestro Segundi Grado.

h) Estoy plenamente convencido de que superaremos estos inconvenientes, y ello me mueve a permanecer en la Orden: la filantropía y su argamasa, que es el amor mediante el autoperfeccionamiento.

i) Tras sufrir múltiples batacazos, que han sido formas de aprendizaje doloroso en ocasiones, afirmo la existencia de los Buenos compañeros

j) Así pues, como Orden ejemplo de Virtud, somos más necesarios que nunca, y el tomar consciencia de ello nos hace más fuertes, seguros y sabios.

Quedo en Pie y al Orden.

Joaquim Villalta, Vª Orden, Gr.·. 9, 33º
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la Vª Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Cerneau's Rite)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado (Rite de Cerneau)
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección.

22 enero 2024

Desmontando falacias y restituyendo legitimidades históricas del Rito Escocés Antiguo y Aceptado

Desmontando falacias y restituyendo legitimidades históricas del Rito Escocés Antiguo y Aceptado.
Las Grandes Constituciones de 1786
The Journal of the Masonic Society, Issue 8, 2010

POCOS DOCUMENTOS MASÓNICOS han sido más debatidos, ensalzados, denigrados, estudiados y malentendidos que la colección conocida como las Grandes Constituciones de 1786. Actualmente existen dos colecciones con ese nombre, una conocida como la versión francesa y la otra como la versión latina. Pero, ¿qué son, por qué son importantes, y por qué toda la agitación sobre ellas?
Las Grandes Constituciones de 1786 están asociadas directamente con el grado 33 del Rito Escocés Antiguo y Aceptado y sus reglas y reglamentos originales. El primer Consejo Supremo⁎ del Rito Escocés se creó en Charleston, Carolina del Sur el 31 de mayo de 1801, y utilizó las Grandes Constituciones tanto como la autoridad para existir como las leyes para su forma de gobierno. Las Grandes Constituciones de 1786 proveyeron al Supremo Consejo de un diseño, y les dieron guía en la organización, estructura y gestión del nuevo sistema.
En los primeros días del Rito Escocés, las Grandes Constituciones se consideraban de gran importancia para el joven Supremo Consejo, pero no tenían ningún valor para las Grandes Logias, que a menudo consideraban el nuevo sistema como meros grados secundarios. Para el Rito Escocés, no solo eran fundamentales para el gobierno del sistema, sino que también podían usarse como evidencia de legitimidad. De hecho, el Supremo Consejo original de Charleston (hoy oficialmente conocido como "El Supremo Consejo [Consejo Madre del Mundo] de los Caballeros Comendadores Inspectores Generales de la Casa del Templo de Salomón del Trigésimo tercer grado del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Francmasonería de la Jurisdicción Sur de los Estados Unidos de América” (pero más comúnmente conocido simplemente como la “Jurisdicción Sur”) usó las Grandes Constituciones como evidencia de legitimidad en lo que se convertiría en una “guerra del Rito Escocés” que abarca la mayor parte del Siglo XIX.
John Mitchell fue el primer Gran Comendador de Consejo de Charleston (es decir: la “Jurisdicción Sur”). Mitchell había sido un Inspector General Delegado (25°) de un sistema Masónico más antiguo conocido como la Orden del Real Secreto, más comúnmente conocida como el Rito de

⁎ Esta es la traducción correcta de Supreme Council en inglés, aunque en español se ha institucionalizado el término de Supremo Consejo, y es el que se utilizará en lo subsecuente. N. del T.

Perfección. En 1807, cuando Joseph Cerneau, otro Inspector General Delegado de la Orden del Real Secreto, creó cuerpos en Nueva York, que evolucionarían en un segundo Supremo Consejo en los Estados Unidos, el joven Consejo de Charleston usó las Grandes Constituciones para argumentar que este segundo consejo no tenía autoridad y era irregular. En 1813, Emanuel de la Motta, un Miembro Activo del Consejo de Charleston, viajó a Nueva York y –con o sin conocimiento o aprobación del Consejo de Charleston –creó un segundo Supremo Consejo en Nueva York el 23 de agosto de 1813, para usurpar la creación de Cerneau. Este consejo se convertiría en la Jurisdicción Masónica Norte, conocida hoy como la socia de la Jurisdicción Sur.
Curiosamente, la Jurisdicción Masónica del Norte (JMN) y la Jurisdicción del Sur (JS) han estado históricamente en desacuerdo sobre qué versión de las Grandes Constituciones de 1786 aceptan. La JMN acepta la versión francesa, y el JS la versión latina. ¿Pero por qué debería haber diferentes versiones de un documento que parece ser crucial para el Rito escocés? ¿Cuál es y dónde está el original?
Las Grandes Constituciones de 1786 contiene 18 artículos, o leyes, y se informó que fue aprobado y firmado en Berlín por Federico el Grande, el 1 de mayo de 1786. Desgraciadamente, no se sabe que exista el documento original. Cuando el Consejo de Charleston exigió que el Consejo de Cerneau presentara la documentación demostrando que estaba autorizado para existir, el Consejo de Cerneau no presentó nada. El Consejo de Charleston calificó a Cerneau de desautorizado e irregular.
Cuando el Consejo de Cerneau exigió que el Consejo de Charleston demostrara que estaban autorizados para existir, el Consejo de Charleston señaló a su copia de las Grandes Constituciones de 1786. El Consejo de Cerneau descartó este documento como una falsificación y acusó al grupo rival de hipocresía. El Consejo de Cerneau afirmó que tenía el mismo derecho y autoridad para existir que el Consejo de Charleston, y que las normas de legitimidad deberían ser las mismas para ambos.
Otro reclamo hecho por el Consejo de Charleston fue que cualquier Supremo Consejo adicional creado en los Estados Unidos necesitaba de su aprobación, la cual no otorgó a Cerneau.
Entonces, ¿quién, si alguno, estaba en lo correcto? ¿Es posible que las Grandes Constituciones de 1786 fueran una falsificación y que nunca fueron aprobadas por Federico? Demos una mirada a las dos versiones de las Grandes Constituciones de 1786. De la versión francesa, Albert Pike nos dice: “Si estuviera satisfecho de que nunca hubo otras Constituciones aparte de las contenidas en la versión francesa, no dudaría en admitir que fueron una falsificación torpe, y que no había nada en el mundo que demostrara su autenticidad.”1
¡Esas son palabras fuertes! Pero, ¿por qué Pike escribiría tan fuerte denuncia de esta versión francesa? El Past Soberano Gran Comendador de la JS, Henry Clausen explica:
“La versión [latina] de Pike es obviamente una copia más fiel del original porque proporciona omisiones y correcciones que eran evidentes en la versión francesa.”
Clausen continúa:
“Los siguientes son algunos ejemplos de la pluma de Pike que muestran la disparidad entre las versiones en francés y en latín:
Las Constituciones francesas no prevén ni describen ninguna Joya o Cordón del Grado. El Sello se describe como "un Águila NEGRA grande con dos cabezas, el pico de oro, las alas desplegadas, y sosteniendo en sus garras una espada desnuda; sobre una cinta que se muestra abajo se escribe DEUS MEUMQUE JUS, y sobre el Águila, CONSEJO SUPREMO DEL 33er GRADO.
[Official Bulletin, Vol. V, No.2, p. 548]
Las Constituciones francesas prevén un Consejo del Grado en cada Nación o Reino en Europa; dos en los Estados Unidos de América; uno en las Antillas británicas; y uno en las islas francesas de las Indias Occidentales. Pero ninguno se proporciona para Canadá; ninguno para la Provincia de Louisiana, o las posesiones españolas en América del Norte; y ninguno para Sudamérica. [Official Bulletin, Vol. VII, No. 1, p. 486]
Su Artículo VI prevé que ‘el poder del Supremo Consejo no interfiere con ningún grado por debajo del 17°;’ y el Artículo VII que solamente los Consejo o individuos por encima del Gran Consejo de Príncipes de Jerusalén pueden apelar al Supremo Consejo. Esto era necesario, en 1801, en Charleston, para impedir la hostilidad de parte de la Gran Logia de Perfección y el Gran Consejo de Príncipes de Jerusalén, que entonces y hasta ahora existen en Carolina del Sur. ¿Por qué era necesario en 1786, en Prusia, donde no existía ninguna Logia de Perfección ni Consejo de Príncipes de Jerusalén? [Ibid., p.487]
Las cuotas para el 33er Grado, y para la patente de él, se expresan como pagaderas, no en moneda alemana, sino francesa. [Ibid., p.487]2
La reprobación racional y categórica de Pike de la versión francesa, hace que sea difícil entender cómo uno podría, con cualquier entendimiento del argumento de Pike y sus implicaciones, defender razonablemente la

1 Albert Pike, The Grand Constitutions of Freemasonry (New York: The Sup reme Council, 33º Southern Jurisdiction, USA, 1872), 282-283.
2 Henry C. Clausen, Authentics of Fundamental Law for Scottish Rite Free masonry (San Diego: The Supreme Council, 33º Southern Jurisdiction, USA, 1979), 9-10.

versión francesa. Sin embargo, esta es la misma versión que acepta la JMN.
¿Por qué? Aún más curioso es el hecho de que Pike mismo utilizó la versión francesa para apoyar su posición en un debate Masónico. En la década de 1860, los Supremos Consejos de la JMN y la JS entraron en un debate sobre el territorio. Josiah Drummond, el Gran Comendador de la JMN, y Albert Pike, el Gran Comendador de la JS, debatían cuestiones jurisdiccionales sobre determinados estados.
Durmmond le escribió a Pike en 1868:
“Sostengo que bajo las Constituciones de 1786, la Jurisdicción del Norte y la Jurisdicción del Sur son, en todos los aspectos y para todos los propósitos, tan distintas como si fueran naciones separadas: que nosotros, como usted, derivamos nuestros derechos de jurisdicción de esas Constituciones; que esas Constituciones crean dos Jurisdicciones separadas. Por otro lado, percibo que usted ha sostenido que su Consejo Supremo tenía jurisdicción en toda América del Norte, y que obtuvimos nuestro territorio por cesión de usted; y si por cesión, en consecuencia, obtenemos únicamente el territorio que usted elija ceder, y según sea necesario, que no podría haber habido un Consejo Supremo en esta Jurisdicción si no hubiera usted elegido cedernos el territorio.”3
¿Cómo contestó Pike a Drummond? Escribió (argumentando el significado de ciertas frases en la versión francesa):
“No estoy de acuerdo con que las Constituciones hayan creado las dos Jurisdicciones. Porque los Estados Unidos componían una Jurisdicción única hasta 1813 o 1815, y podría haber seguido siendo así hasta el día de hoy. La disposición es restrictiva: no debe haber más de dos Consejos Supremos establecidos en los Estados Unidos.
Ese es el verdadero significado de eso; no es que deberán ser dos. Pero el punto no tiene importancia práctica, y lo paso... Si el Hermano Drummond tenía razón al sostener que la parte norte de los Estados Unidos no pertenecía a la Jurisdicción del Consejo del Sur, antes de 1813 o 1815, sino que era para dar posesión, fuera voluntario o no, a un Consejo del Norte, siempre que se creara uno allí, una consecuencia que él no prevé que pueda seguir. Esa hipótesis haría que los estados del Norte fueran un territorio desocupado, en el que cualquier Inspector General podría establecer un Supremo Consejo; y podría así legitimar el Consejo Cerneau y aniquilar el creado en 1813 o 1815 por De la Motta. Ciertamente destruiría la base principal sobre la cual la legitimidad del Concilio de Cerneau siempre fue impugnada; a saber, que el Consejo de Charleston tenía jurisdicción sobre todo el territorio de los Estados

3 Transactions of the Supreme Council of the 33D for the Southern Jurisdiction of the United States (New York: Masonic Publishing Company, 1869),19.

Unidos, y que ningún otro Consejo podía crearse en ningún lugar en ellos, excepto con su consentimiento.”4
Pike y Drummond debatían el significado del Artículo Cinco de la versión francesa, que determinaba el número de Supremos Consejos permitidos en los EE.UU. Este debate dio como resultado que Pike presentara argumentos bastante extensos sobre la gramática francesa e inglesa y los motivos de su posición con respecto al significado del Artículo Cinco de la versión francesa. Pike incluso cambió una parte de la traducción al inglés en sus Grandes Constituciones para reflejar su opinión sobre la interpretación.5 En su Alocución de 1868, Pike muy hábilmente debatió extensamente esta interpretación del Artículo Cinco de la versión francesa y lo hizo igualmente en sus Grandes Constituciones. Pero ¿por qué Pike se tomaría la molestia de argumentar con esmero acerca de un documento que él había desestimado como una “falsificación torpe”? Pike debería haber debatido, a fin de articular claramente su verdadera posición, la versión latina, que afirmó era legítima. ¿Por qué no lo hizo? En pocas palabras, Pike no pudo debatir esta parte de la versión latina. La misma porción del Artículo Cinco de la versión latina (la versión a que Pike se refiere como la “ley del Rito”6) dice:
“En cada gran nación de Europa, y en cada Reino o Imperio, no habrá más que un solo Consejo Supremo de este Grado. En todos esos Estados y Provincias, así como en el continente y las islas, de las que se compone Norteamérica, habrá dos Consejos, uno a una distancia tan grande como pueda ser del otro.”7
Pike sostenía firmemente que el significado del Artículo Cinco (versión francesa) era que no se requería que los EE. UU. estuvieran divididos en dos

4 Ibid., 22-23.
5 Pike, The Grand Constitutions of Freemasonry 289. Pike alteró la traducción al inglés de la versión francesa del Artículo cinco a: “…sino dos en los Estados Unidos de América…” a fin de enfatizar su punto concerniente a su interpretación del significado de esta frase.
6 Ibid., 283.
7 Albert Pike, The True Secret Institutes and Fundamental Bases of the Order of Ancient Free and Associated Masons and the Grand Constitutions of th e Ancient Accepted Scottish Rite of the Year 1786. (New Orleans: The Supreme Council, 33º Southern Jurisdiction, USA 1859), 163-165. En Las Grandes Constituciones de la Francmasonería de 1872 (A.M. 5632) de Pike, él alteró la traducción de la versión latina para que dijera así: “En cada gran nación de Europa, y en cada Reino o Imperio, habrá un solo Consejo de dicho grado. En los Estados y Provincias, así como en el Continente, como en las Islas, de las que se compone Norteamérica, habrá dos Consejos, uno a una distancia tan grande del otro como sea posible. Pike, el maestro lingüista, remplazó la palabra “shall” con “will” [Brevemente: shall es más imperativo, de ordenar; will, deja más espacio a la probabilidad. N. del T.] en su edición de 1872, que, aunque tiene el mismo significado, no era un problema tan obvio para los lectores distraídos. La edición editada lleva la nota: “Re-traducida del latín por Albert Pike, 33°, Sob. Gr. Comendador. A.M. 5632” p. 213. Pike mantuvo la exactitud de su traducción de 1859, al menos, hasta 1868, cuando la porción cuestionada del Artículo Cinco se reprodujo en las Transactions de 1868 del SC JS exactamente como aparecía en la traducción de 1859 en la página 28.

jurisdicciones, sin embargo, ese es exactamente el significado de la versión latina, que Pike mismo había traducido en 1859. Pike usó la versión francesa en su debate con Drummond simplemente porque estaba más abierta para la interpretación. La "consecuencia" que Pike afirmó seguiría, si la interpretación de Drummond fuera aceptada, está claramente presente en la versión latina –Cerneau, parece, podría haber tenido razón, basado en la versión de las Grandes Constituciones aceptadas por la JS, para creer que él había establecido legítimamente su Consejo.
El problema para Drummond era que Pike lo había arrinconado hábilmente con su uso magistral de la versión francesa preferida de Drummond. El debate territorial terminó con Drummond cediendo a las demandas de Pike. La opinión sostenida por Drummond, sin embargo, no se basaba únicamente en su interpretación del Artículo Cinco de la versión francesa, sino también en el “certificado de nacimiento” del propio Consejo del Norte, que dice en parte:
“Y considerando que las Grandes Constituciones del 33º especifican particularmente, que habrá dos Grandes y Supremos Consejos del 33er Grado para la Jurisdicción de los Estados Unidos de América, uno para el Sur y el otro para el Norte.”8
Está claro por qué Drummond interpretó el Artículo V de la versión francesa como lo hizo. La JMN se creó sobre la premisa de que las constituciones deparaban dos consejos para los Estados Unidos. Su única disputa podría haber sido si Cerneau no era un legítimo Soberano Gran Inspector General; después de todo, si era legítimo, el Consejo Cerneau era perfectamente legal y la JMN, por su propia razón declarada para ser creada,
¡no estaba autorizada! Las opiniones de Pike sobre el significado de la interpretación francesa original no eran claramente compartidas por Emanuel de la Motta, quien creó la JMN y fue miembro activo del Consejo original de Charleston. Es, asimismo, evidente por qué las "amenazas" de Pike bien podrían haberse tomado en serio. Claramente, el único ataque disponible que podría razonablemente hacerse a Cerneau, desde la perspectiva de la JMN, era desacreditar su legitimidad como SGIG, pero se tuvo mucho cuidado en este curso de acción ya que no hay razón para creer que Cerneau y John Mitchell obtuvieran el grado de alguna manera

8 Samuel Harrison Baynard, Jr., History of the Supreme Council, 33º Ancient and Accepted Scottish Rite Northern Masonic Jurisdiction of the United States of America and its Antecedents (Boston: The Supreme Council, 33º Northern Masonic Jurisdiction, USA, 1938), Vol. I, 175-179. Esta cita está tomada de la reproducción en facsímil del "certificado de nacimiento" de 1813 para la Jurisdicción del Norte (reproducido en la página 176). Además del facsímil, está una transcripción impresa del "certificado de nacimiento" que nos entregó el Il. Hermano Baynard. Curiosamente, la transcripción impresa omite un número de palabras y frases que aparecen en el facsímil. Por ejemplo, la frase “uno para el Sur y uno para el Norte” (línea 26 del facsímil), no aparece en la transcripción impresa.

diferente.9 Desacreditar el 33° de Cerneau también podría desacreditar el de Mitchell.
Parecería evidente que Pike no estaba al tanto de la existencia de una copia manuscrita de la versión francesa de las Grandes Constituciones que había hecho Frederick Dalcho, el primer Teniente Gran Comendador del Consejo de Charleston y su segundo Gran Comendador después de John Mitchell; el documento no fue descubierto hasta el siglo XX.10 (Esta copia ahora reside en la Colección Kloss en la Biblioteca de la Gran Logia, de Los Países Bajos, que también incluye un manuscrito del Ritual del trigésimo tercer grado.) Pike proclamó audazmente a la versión francesa como un fraude y ofreció un apoyo muy lúcido para su posición, mientras que claramente no tiene idea de la redacción perniciosa del “certificado de nacimiento” de la JMN. Un problema adicional para Pike fue que la versión latina era desconocida antes de 1832. Para empeorar las cosas, no fue nadie

9 La cuestión de dónde y cuándo recibieron John Mitchell y Joseph Cerneau sus grados 33 no ha escapado a la atención de los investigadores masónicos. En el caso de Cerneau, generalmente es descartado rápidamente debido a la falta total de evidencia de que alguien alguna vez le haya otorgado el grado 33°. Emanuel de la Motta, en la primera reunión con Cerneau, intentó obtener cierta información sobre el 33° de Cerneau, incluyendo un vistazo a su Patente, pero no pudo satisfacerse de ninguna manera (vea: Charles S. Lobingier, The Supreme Council 33º [Louisville, Kentucky: The Supreme Council, 33º, SJ., 1964], p. 102.). ¿Pero qué hay de John Mitchell? Nunca se ha descubierto una patente que demuestre que Mitchell recibió el 33 de nadie. Sabemos que Mitchell le dio a Dalcho el 33, ya que existe una patente para este evento. Mitchell fue el primer Soberano Gran Comendador de la JS, entonces, ¿cómo recibió el 33? ¿Quién se lo dio? Antes del papel de Mitchell en la creación del REAA, fue Subinspector General (25º) del llamado “Rito de Perfección.” A menudo vemos los de mayor categoría que Mitchell en este sistema acreditando haberle dado el 33 (generalmente Barend Spitzer). ¿Cómo podría un Mason del grado 25º, de otro sistema, dar el grado 33º del REAA a alguien? También podemos ver un relato de un prusiano o alemán “desconocido” dándole el grado, con Mitchell firmando un juramento pare ello en francés. (Vea: Baynard, History of the Supreme Council, 33º, Vol. 1, p. 89.) Si alguien le dio el 33° a Mitchell, ¿quién se lo dio a él? ¿Por qué este SGIG desconocido no tuvo un papel en la creación del Consejo de Charleston? Ya que este SGIG desconocido era superior a Mitchell, ¿por qué no fue él el primer Soberano Gran Comendador de Charleston? Las preguntas pueden continuar al infinito. Lo que nunca debemos hacer es juzgar los eventos del pasado con los estándares de hoy. El cómo hacemos hoy las cosas, puede no haber sido la norma en el pasado. Podemos encontrar evidencia de una práctica antigua que podría arrojar alguna luz sobre la pregunta del 33er grado de Mitchell/Cerneau. Existe evidencia (vea: Henry Wilson Coil, Coil’s Masonic Encyclopedia [New York: Macoy Pub. & Masonic Supply Co., 1961], p. 121 and Pike, The Grand Constitutions of Freemasonry, p. 117.) que un Diputado Inspector General del llamado “Rito de Perfección” (como eran Mitchell y Cerneau) podía “pasar por alto” el grado 32° del nuevo grado 32 del REAA. Además, si un 32° del REAA era el 32° más antiguo (o el único) en un área desocupada, podría avanzarse a sí mismo al grado 33° del REAA a fin de otorgar el grado a otros y crear un Supremo Consejo. Tanto Mitchell como Cerneau dieron el 33° a otros y crearon supremos consejos. A pesar de la histórica desaprobación de Cerneau, es posible que de acuerdo a la costumbre de la época, él recibiera el 33° de la misma manera que Mitchell. Se podría argumentar que era un SGIG tan legítimo como lo era Mitchell.
10 Ver: R. Baker Harris and James D. Carter, History of the Supreme Council, 33º (1801-1861) (Washington, D.C.: The Supreme Council, 33º Southern Jurisdiction, USA, 1964), 98.

más que el Consejo Cerneau que hizo que la versión latina estuviera disponible para el mundo.11
Habitualmente, los documentos que tratan sobre Joseph Cerneau incluyen argumentos sobre las Grandes Constituciones de 1786. Cerneau es acusado rutinariamente de actuar en violación de estas Constituciones.
Los defensores de Cerneau en el siglo XIX solían argumentar la falta de autenticidad de las Grandes Constituciones, con la aparente creencia de que si las Grandes Constituciones pudieran ser desacreditadas, todos los cargos contra Cerneau también serían desestimados. Una afirmación que se hacía a menudo era que Federico el Grande había estado en muy mal estado de salud en el momento en que se decía que las Constituciones habían sido aprobadas, y que él no estaba físicamente capacitado para darles su consentimiento. Albert Pike hizo todo lo posible para examinar la acusación de que Federico no pudo físicamente haber llevado a cabo ese documento. Pike trazó meticulosamente los hechos denunciados y presentó un informe detallado sobre su posición de que era posible que Federico hubiera ejecutado las Grandes Constituciones. El historiador del rito escocés Samuel Baynard de la JMN escribe sobre las conclusiones de Pike:
“Aunque admitimos que nuestro Ilustre Hermano nos convenció de manera magistral de que Federico, el 1 de mayo de 1786, era física y mentalmente capaz de redactar, firmar y promulgar estas Grandes Constituciones, no hemos podido encontrar que descubriera o nos señalara una centelleante evidencia de que Federico realmente tuvo algo que ver con ellas.”12
Pike obviamente estaba consciente de que su extenso relato no respondía a la pregunta real de si Federico había firmado o aprobado las Grandes Constituciones. Al abordar este punto de una manera más interesante, Pike escribe:
“No hay una sola partícula de prueba, de ningún tipo, circunstancial o histórica o por argumento de improbabilidad, de que no sean genuinas y auténticas.”13
Por sorprendente que parezca, Pike en realidad nos está pidiendo que demostremos lo contrario. Independientemente de la petición de Pike, Baynard continúa escribiendo:
“Concluimos, por lo tanto:

11 Ibid., 216.
12 Baynard, History of the Supreme Council, 33º, 101.
13 Pike, The Grand Constitutions of Freemasonry, 170.
1. Que las Grandes Constituciones no fueron promulgadas por Federico el Grande;
2. Que no fueron formuladas, redactadas o firmadas en Berlín;
3. Que no existía en Berlín o incluso Francia en 1786, ningún “Gran Inspector Universal Supremo, en Supremo Consejo constituido”;
4. Que la fecha real de las Constituciones es posterior a 1786.”14
Pero, si las Grandes Constituciones son una falsificación, ¿quién las falsificó? La pregunta no se le escapó a Baynard:
“Es natural que la siguiente pregunta sea: Bueno, entonces, ¿quién las ideó? No sabemos. Tampoco nos molesta demasiado que no sepamos. Tenemos nuestra opinión, pero no está respaldada por ninguna prueba que podamos llamar positiva o directa, y, por lo tanto, no la expresamos como conclusión.”15
Para resumir la situación, Pike ya había proclamado a la versión francesa de las Grandes Constituciones como una falsificación. Estaba debatiendo los méritos de por qué la versión latina debería considerarse legítima. Baynard rechazaba ambas versiones de las Grandes Constituciones. Con respecto a la posibilidad de que la versión latina también fuera una falsificación, Pike nos dice:
“La acusación odiosa se ha repetido una y otra vez, que estas Constituciones latinas se fraguaron en Charleston. Es totalmente cierto que esto no es verdad, porque el Supremo Consejo de Charleston nunca los tuvo, hasta que recibió copias de las ediciones publicadas por el Gran Comendador. Si fueron falsificadas en alguna parte, no fue en Charleston: y si algo se forjó allí, fue la copia francesa, ya que luego apareció en el Recueil des Actes.”16
Y en otra parte:
“Los caballeros de Carolina del Sur, en ese día, no hicieron la falsificación. Sea cual sea el origen de las Grandes Constituciones, vinieron de Europa a Charleston, y fueron aceptadas y recibidas por los honorables caballeros y clérigos que fueron del primer Supremo Consejo, de perfecta buena fe.”17
Si las Grandes Constituciones son documentos falsificados, pero el Consejo original de Charleston no los falsificó, ¿cómo llegaron a poseerlos? Pike teoriza:

14 Baynard, History of the Supreme Council, 33º, 115.
15 Ibid., 116.
16 Pike, The Grand Constitutions of Freemasonry 126.

“Esta copia francesa muy imperfecta, que consiste meramente de tantos Artículos, sin prefacio, formalidad de promulgación por parte de cualquier cuerpo en el Poder, o autenticación de cualquier tipo, no contiene ninguna lista de los grados, ni siquiera el nombre del Rito. Es muy probable que De Grasse lo consiguiera, en o desde Europa, y creó el Consejo Supremo. Por el Artículo V de estas Constituciones, se requiere que tres personas constituyan un cuórum y compongan un Consejo Supremo; y, por lo tanto, el coronel Mitchell y el doctor Dalcho, solos, no podrían haber sido, por sí mismos, un cuerpo así. El hermano de Grasse pretendió establecer un Consejo Supremo en Santo Domingo, para las islas francesas de las Indias Occidentales; y ninguna otra persona tenía ningún interés en hacer que las Constituciones fueran leídas para permitir tal Consejo, excepto su suegro, Jean Baptiste Delahogue, quien también residía en Charleston en 1796, 1799 y 1801, y también fue un 33°, y nombrado Teniente Gran Comendador de las Indias Occidentales Francesas. Fue por esta razón, evidentemente, que ninguno de ellos fue colocado en la lista de miembros del cuerpo en Charleston.”18
Ahora tenemos suficiente material para analizar. Baynard sostenía la opinión de que toda la historia de las Grandes Constituciones era una patraña. Basaba su opinión en la falta total de evidencia objetiva que apoyara el relato y la improbabilidad de los eventos informados. Pike denunció firmemente la versión francesa como un fraude, pero mantuvo la posibilidad de la legitimidad para la versión latina. Pike señaló que el Consejo original de Charleston no tenía posesión ni conocimiento de la versión latina y había basado sus acciones en la versión francesa fraudulenta. Pike también declaró que fue Alexander de Grasse-Tilly quien había traído la versión francesa falsificada a Charleston, e insinuó que fue De Grasse-Tilly quien podría haberlas fraguado. Pike, con algo de indignación, rechazó la posibilidad de que Mitchell o Dalcho pudieran haber tenido algo que ver con la falsificación.
Existen dos escenarios lógicos que podemos explorar: El primero sería que Mitchell y Dalcho recibieran las Grandes Constituciones creyendo sinceramente que eran legítimas; el segundo sería que Mitchell y Dalcho tomaron parte en la creación de las Grandes Constituciones o sabían que eran una falsificación.
Si Mitchell y Dalcho creían que las Grandes Constituciones eran legítimas, podemos considerar la serie de eventos con esta mentalidad. Si Mitchell y Dalcho creían que estaban propagando un sistema europeo creado unos 15 años antes de la creación del Consejo de Charleston, entonces podrían haber supuesto razonablemente que existían otros Consejos Supremos del 33º en Europa. Claramente, las Grandes Constituciones hablan de tal Consejo en Berlín.
El 23 de agosto de 1813, John Mitchell y Frederick Dalcho escribieron a Emanuel de la Motta con relación a su informe de Cerneau. Mitchel escribió en parte:
“Estoy realmente sorprendido y asombrado por la conducta del hombre que dices que se llama Sr. Joseph Cerneau. Ninguna persona ha tenido jamás el grado salvo el Conde de Grasse, y tal vez, pero no estoy seguro, el Sr. Delahogue.”19
Debemos detenernos por un momento para tratar de entender este comentario de Mitchell. Si Mitchell recibió una copia de las Grandes Constituciones y las aceptó como legítimas y autorizadas, ¿cómo podía estar tan seguro de que nadie más “tenía el grado”?
¿Qué hay del Supremo Consejo de Berlín en las Grandes Constituciones? La copia de las Grandes Constituciones de 1786, que Mitchell tuvo a su disposición, abre de la siguiente manera:
“Hechas y aprobadas en el Supremo Consejo del 33º, debida y legalmente establecido y Congregado en el Gran Oriente de Berlín el 1 de mayo de Anno Lucis 5786 y de la Era Cristiana 1786. Consejo en el cual estuvo presente en persona - Su Muy Augusta Majestad, Federico 2°, Rey de Prusia, Soberano Gran Comendador.”
El “Supremo Consejo del 33°” en Berlín, ¿estaba compuesto de miembros que no tenían el 33er grado? Si nadie más tenía el grado, ¿quién se lo dio a Mitchell, alguien que él mismo no lo poseía? Mitchell escribe que de Grasse era la única otra persona que estaba seguro que “tenía” el grado. (Aquí es, posiblemente, donde Pike concibió la teoría de que De Grasse fue quien trajo la copia falsificada a los Estados Unidos.) Si antes de De Grasse nadie tenía el grado, entonces ¿quién se lo dio a De Grasse? Si De Grasse le dio a Mitchell el 33° en algún momento antes de la creación del Consejo de Charleston en 1801, ¿por qué el “manifiesto de 1802” (el “certificado de nacimiento” de la JS) afirma que De Grasse recibió de Mitchell el 33°, el “21 de febrero de 5802” [1802]?20
Veamos ahora parte de la carta que Frederick Dalcho escribió a de la Motta el mismo día de la carta de Mitchell y también sobre la nueva creación de Cerneau. Nuevamente debe notarse que la fecha de la carta de Dalcho fue el 23 de agosto de 1813. Emanuel de la Motta estableció el Consejo Supremo para la Jurisdicción Norte 13 días antes, el 10 de agosto de 1813,

19 Harris/Carter, History of the Supreme Council, 33º (1801-1861), 117.

y ciertamente se le habría informado de este hecho a Mitchell y Dalcho en la carta que provocó su respuesta. Dalcho escribió:
“Es bien sabido por aquellos que han recibido legalmente el grado 33, que no puede haber más que un Consejo en una nación o reino; y que el Consejo de los Estados Unidos se estableció legalmente en esta ciudad, el 31 de mayo de 1801; en consecuencia, cualquier otro da por hecho que sus prerrogativas deben ser subrepticias.”21
¿Qué quiere decir Dalcho con esta declaración? La copia de las Grandes Constituciones de 1786 que existe en su propia mano dice que "habrá" dos en los Estados Unidos. ¿Y qué hay de la creación de De la Motta? ¿Hay alguna sugerencia de que Dalcho podría no haber aprobado el Consejo de la Motta más que el de Cerneau? El “certificado de nacimiento” de la JMN, creada por De la Motta, afirma que “habrá dos Grandes y Supremos Consejos del 33er grado para la Jurisdicción de los Estados Unidos de América, uno para el Sur y el otro para el Norte.”
Pike declaró que la primera copia conocida de las grandes Constituciones era la versión francesa “falsificada” como apareció en la publicación Masónica francesa titulada Recueil des Actes en 1817.22 Pike afirmaba que Mitchell y Dalcho no podían haber falsificado las Constituciones porque ambos eran hombres “honorables” y ninguno de los dos “la clase de hombre que pone su mano en esa clase de trabajo.” Pike declaró también que “no era probable que alguno de ellos pudiera escribir en latín o francés.”23 Pike teorizaba que De Grasse junto con su suegro, Jean Baptiste Delahogue, adquirieron o falsificaron la versión francesa y luego, supuestamente, la tradujeron al inglés de manera que Mitchell y Dalcho pudieran entenderla. Pike no sabía de la copia manuscrita de Dalcho, pero, siguiendo esta línea de razonamiento, podría haber supuesto que Dalcho la copió de una copia de De Grasse o Delahogue, que ellos habían traducido del francés al inglés.
¿Podría ser esta la copia que se usó para engañar a Mitchell y Dalcho? Nos enteramos por el pasado Gran historiador de la JS, Ray Baker Harris, que los documentos de Delahogue en la Colección Kloss son “una copia indudable del trigésimo tercer grado y la Constitución, Estatutos y Reglamentos, en uso en Charleston en 1801-1802 cuando el Consejo Supremo fue establecido.”24

21 Harris/Carter, History of the Supreme Council, 33º (1801-1861), 118.
22 Pike, The Grand Constitutions of Freemasonry, 126.
23 Ibid., 134.
24 Harris/Carter, History of the Supreme Council, 33º (1801-1861), 92.

Harris también nos dice:
“Esta suposición es confirmada por una copia manuscrita de la misma en inglés, enteramente escrita a mano por Frederick Dalcho. Es el equivalente en inglés de la copia francesa de Delahogue. Se cree que fue la copia de Charleston de la cual Delahogue hizo su traducción al francés.”25
¿Delahogue hizo su traducción al francés? Pero Pike dijo que la copia más antigua conocida de las Grandes Constituciones era la versión francesa falsificada. En una condena de esta versión, Pike defendió rígidamente a Mitchell y Dalcho en base a su posición de que esta copia falsificada llegó a sus manos, presumiblemente a través de De Grasse y/o Delahouge, y simplemente la aceptaron como legítima. La "versión francesa" tendría que haber sido traducida del francés al inglés, y no al revés para que el argumento de Pike fuera correcto. ¿Hay algo de apoyo para la posición de Harris de que la copia francesa de Delahouge fue hecha de la copia inglesa de Dalcho? Sí. Harris nos dice que la copia de Delahogue de las Grandes Constituciones lleva la nota: “traducido del inglés por mí [Delahogue].”26
Para que la teoría de Pike fuera correcta, de Grasse habría traducido sus Constituciones francesas falsificadas al inglés, para Mitchell y Dalcho. Dalcho habría copiado esa traducción en inglés con su propia mano. Luego, se nos pide que creamos que el suegro de De Grasse no hizo una copia de las Constituciones de francés a francés de la copia de Grasse, sino que usó la copia en inglés de Dalcho para traducirla al francés para su propia copia personal. ¡Eso no tiene ningún sentido! ¿Por qué Delahogue se tomaría tantas molestias si su yerno tenía la versión original en francés?
Este escritor está completamente de acuerdo con Samuel Baynard en su rechazo a la legitimidad de las Grandes Constituciones. Del mismo modo, hay poco espacio para argumentar la evaluación perfectamente lógica de que Albert Pike hizo de la versión francesa la de las Grandes Constituciones. Pike claramente no se dio cuenta de que lo que tan bien probó que era una “falsificación torpe,” llegó directamente de la mano de Frederick Dalcho.
A falta de otra explicación razonable, debemos concluir que John Mitchell y Frederick Dalcho inventaron la historia de las Grandes Constituciones de 1786, en todo o en parte. No podemos, como Pike sugirió, intentar probar o refutar un negativo. Tampoco podemos abrazar teorías fantásticas que hagan que la historia termine como podríamos desear. El curso de los acontecimientos simplemente no tiene sentido si tomamos la posición de que Mitchell y Dalcho recibieron las Grandes Constituciones,

25 Ibid., 92.
26 Ibid., 92.

las aceptaron como legítimas y crearon el Consejo de Charleston. Los hechos conocidos simplemente no respaldan tales conclusiones.
Este escritor sostiene la opinión de que Mitchell, Dalcho, y posiblemente algunos otros, tenían una preocupación razonable con respecto al estado caótico y fallido de la orden del "Rito Escocés" (Orden del Real Secreto o Rito de Perfección). “Para traer ‘orden’ al caos,” se creó el nuevo sistema REAA de 33 grados. La “crema de la crema” de los grados y rituales fue seleccionada para este nuevo sistema, una creación inspirada para la cual, uno puede imaginar, una preocupación se desarrolló sobre si sería aceptada por la Masonería. Un respaldo real agregaría valor a cualquier nuevo sistema Masónico, y uno anexado a un conjunto de leyes de gobierno podría conferir mayor valor.
Si examinamos la situación, desde el punto de vista de que el Consejo de Charleston recibió las constituciones y las aceptó como legítimas, entonces llegamos a una contradicción tras otra. Sin embargo, si consideramos que toda la historia y la creación provienen del Consejo de Charleston, se desarrolla un escenario muy lógico. Es la conclusión de este escritor, que el concilio original de Charleston fue creado junto con un conjunto de leyes gobernantes atribuido a Federico II. Este escritor no ha visto ni una pizca de pruebas sólidas para apoyar la posición de que Federico en realidad aprobara –o siquiera conociera –cualesquiera Grandes Constituciones en Berlín el 1 de mayo de 1786. Sin embargo, hay abundante evidencia para atribuir la creación de las constituciones a los miembros originales del Consejo de Charleston.
Han pasado más de 200 años desde la creación del Consejo de Charleston. La importancia y el valor del REAA están bien probados. Está claro que este sistema Masónico es de gran importancia para toda la Masonería, y no es un perjuicio reconocer toda su historia. Los creadores del REAA eran humanos, después de todo, y los humanos a veces se equivocan al juzgar.

Tomado del Libro:
In His Own (w)Rite
de Michael R. Poll.

Traducción:
H∴ Horus, 33°
Febrero 2018

Joaquim Villalta, Vª Orden, Gr.·. 9, 33º
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la Vª Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Cerneau's Rite)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado (Rite de Cerneau)
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto para España, Rito de Perfección.
Masonólogo

17 enero 2024

Sobre los conceptos “Escocés” y “Escocismo”

Cuando nos preguntamos por la verdadera naturaleza del término «Escocés», esta palabra puede tener múltiples sentidos y en ocasiones resulta difícil de aplicarle una precisa definición según los usos que se han hecho del mismo.
A finales del Siglo XVIII, con tantísima riqueza masónica, podríamos distinguir tres significados establecidos según su uso.
Primeramente, “Escocés” sería de entrada el nombre de uno de los más antiguos altos grados, que conoció además por causas diversas numerosas variantes con el paso de los años.
Estos grados Escoceses conservaron siempre una gran importancia en los altos grados.
Un segundo sentido, por extensión, llevaría a convertir en sinónimos de altos grados a los términos escocés y Escocismo, sea cual fuere el sistema de altos grados del que se tratara.
Finalmente, en los años 1760, apareció en Marsella un cuerpo masónico denominado “Madre Logia Escocesa”.
Esta denominación manifiesta la legitimidad pretendida por dicha madre logia para todos los grados, comprendidos también los altos grados. Practicaba un sistema en siete grados de los más clásicos: Aprendiz, Compañero, Maestro, Maestro Perfecto, Elegido, Escocés y Caballero de Oriente.

Según Roger Dachez, el término « Escocés » aparenta simplemente traducir que entre los primeros masones tanto en Francia como en Inglaterra, se mantuvo el recuerdo del importante papel desempeñado por Escocia en la maduración final del sistema especulativo masónico.
Las palabras escocés, escocismo, llegaron a significar todo lo que la Masonería designó como eminente, elegido, particularmente digno de respeto y honor, sin tener que ver con un origen propiamente relacionado con la propia Escocia».

Desde 1733 encontramos la huella de una logia Temple Bar, en Londres, habiendo conferido el grado de Maestro Escocés («Scots Master» o «Scotch Master»). Fue también conferido en una logia de Bath en 1735 y en la logia francesa» «St. George de l'Observance» no 49 de Covent Garden, en 1736.

Pierre Mollier nos recuerda la cita de Paul Valéry en la que nos indica: “Las palabras pierden su significado a medida que crecen en valor”. Esta observación se aplica muy particularmente a la palabra “escocés”. Este término atribuido en masonería, de múltiples significaciones, se encuentra siempre dentro de una aureola de prestigio y de misterio. Los francmasones han forjado incluso el neologismo “escocismo”, Igual de elusivo al tratar de obtener una definición precisa. Debemos recordar los significados sucesivos que la palabra pudo llegar a tener en las logias.

Cronológicamente, “escocés” supone en primer lugar el nombre de uno de los más antiguos altos grados. Es en París, el 11 de diciembre de 1743, que encontramos el primer testimonio de la existencia del término. La Grande Loge de France pone en guardia a los hermanos contra lo que parece como una novedad: «Teniendo en conocimiento que desde hace poco tiempo algunos hermanos se presentan bajo el título de maestro escocés y reivindican en algunas logias, derechos y privilegios…».
En 1744, en L'Ordre des francs maçons trahi, el “abbé Pérau” expresa: "No ignoro que está habiendo un vago ruido entre los francmasones, respecto a una cierta orden a la que llaman los Escoceses, superior a lo que se afirma, masones ordinarios y que tienen sus ceremonias y sus secretos aparte". Parece que hubo, desde el principio, varias escuelas concernientes a las ceremonias y secretos particulares de los escoceses. Así, en París, el grado misterioso del abbé Pérau, condenado en un primer tiempo por la gran Logia de Francia en 1743, es según toda probabilidad, el que nosotros conocemos bajo la denominación de Escocés de las 3 JJJ., también llamado Escocés de París o Escocés de Clermont.

En la Francia meridional, la masonería parece haber primitivamente practicado otro tipo de escocés denominado «de la Bóveda », muy pronto presentado como una  como una «Masonería de Perfección». Este «Escocés de Perfección» versión francesa del Royal Arch británico, retoma un tema clásico del esoterismo judeo-cristiano. Revela la existencia de una palabra perdida, el verdadero nombre de Dios, cuidadosamente conservada en una bóveda secreta oculta bajo el Templo de Salomón. Estos grados de Escocés conservarán siempre una gran importancia en la masonería de altos grados. Por extensión, a partir de mediados del siglo XVIII, los términos “escocés” o “escocismo” se convierten en sinónimos de altos grados.
Este significado es probablemente el más legítimo, en cualquier caso, el más lógico.
A principios del siglo XIX, cuando el Gran Chapitre General de Francia se enfrentará a la concurrencia de un nuevo rito titulado "escocés", reclamará alto y claro su "ecocismo" y su perfecta regularidad "escocesa".

En los años 1760, como ya hemos apuntado, aparece en Marsella un cuerpo masónico que se denomina “Madre Logia escocesa” apelando la legitimidad sobre todos los grados comprendidos los altos grados. Esta tiene una gran proyección en Provence, después más ampliamente en el Midi francés y finalmente en París. En esta Madre Logia, lo que terminará denominándose “Rito Escocés” profesado por esta y sus logias hijas se refiere ante todo a los altos grados. No obstante, por razones poco claras, los grados azules practicados por la madre logia presentaban algunas particularidades como la colocación de los grandes candelabros alrededor del cuadro de logia. Por deriva semántica, se vino hablando de grados simbólicos del Rito Escocés, es decir, del rito practicado por la madre Logia Escocesa, lo que habría sido unos años antes un sinsentido, de características fundamentalmente Modernas a nivel formal.

Al inicio del Siglo XIX la corriente animada por la Madre Logia Escocesa se fusiona con el Rito Escocés Antiguo y Aceptado, versión francesa de la masonería de los Antiguos, aportada desde las Antillas y de los estados Unidos de América por los masones refugiados de Santo Domingo. Los usos “escoceses” y “Antiguos y Aceptados” fueron amalgamados para la masonería simbólica en la “Guía de los masones escoceses” entre 1804 y 1820 (fecha de su edición). Poco a poco, el término “escocismo” vino equívocamente (pues realmente hace alusión a los altos grados de otros ritos) a designar el Rito Escocés Antiguo y Aceptado en todos sus componentes, tanto en lo referente a la masonería simbólica como en la de los altos grados. Esta acepción de la palabra es no obstante puramente francesa, puesto que en la mayor parte de los países el Rito Escocés Antiguo y Aceptado (o también denominado simplemente Rito Antiguo y Aceptado como sucede en Inglaterra y Gales, por ejemplo) suele ser exclusivamente un sistema de altos grados.

Al final de esta revisión histórica, y como ya apunté, uno puede preguntarse si no sería apropiado reservar el término "escocismo" para la masonería de altos grados, cualquiera que sea el sistema en cuestión.

Queda la pregunta del origen de la palabra "escocés". ¿Por qué los masones de la primera masonería especulativa, en la década de 1730, bautizaron el rango terminal donde fueron revelados los secretos más elevados de la Orden, Maestro "Escocés"? Encontramos, un poco antes, rastros de maestros escoceses en algunas logias inglesas. Es probable que conocieran el papel esencial de la masonería operativa escocesa en la formación de la masonería moderna especulativa. Al comienzo de la Francmasonería especulativa, este calificativo honró el origen geográfico, muy real, de los misterios más profundos de la Orden. 

Joaquim Villalta, V Orden, Gr.·. 9 y Último del Rito Moderno o Francés, 33º R.E.A.A.
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la V Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro del Supremo Consejo del Grado 33º y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Islas Filipinas
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Rite de Cerneau et Rite Écosais Ancien et Accepté)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección
Masonólogo

Bibliografía base:

Pierre Mollier, “Naissance et essor du Rite Écossais Ancien Accepté en France :
1804-1826”
ÉDITIONS DERVY
2004

Pierre Mollier, Encyclopédie de la franc-maçonnerie”, Le Livre de Poche, 2008 “
article « Écossais »

R.Dachez, Histoire de la Franc-maçonnerie Française, p.61, PUF 2003.

Paul Naudon, Histoire générale de la franc-maçonnerie, Presses universitaires de France, 1981




13 enero 2024

Un libro excelente y necesario: "Género y Transgénero en la Masonería" de Olga Vallejo Rueda


"Género y Transgénero en la Masonería", de la socióloga y francmasona Olga Vallejo Rueda, es una obra fundamental para nuestra biblioteca: imprescindible.

Género y Transgénero en la Masonería parecen conceptos que no se pueden relacionar. Sin embargo, la Masonería como movimiento social que ha traspasado la barrera de los siglos de existencia, no es impermeable a los cambios de la sociedad.
Ha sabido adaptarse muy bien a ellos, aunque para algunas mentalidades arcaicas sea una especie de tabú o de línea roja de la que no hay que hablar. Los colectivos LGTBIQ+ y el feminismo se han interrelacionado entre sí, y también lo han hecho dentro de la Masonería.
Esta obra trata de desmitificar, visibilizar y autocriticar la institución desde adentro bajo una perspectiva microsociológica, constructivista y por qué no, deconstructivista de las relaciones sexo y género. Visibiliza, a través de una metodología mixta (cuantitativa y cualitativa que incluye la estadística prospectiva y cuatro casos de estudio: Francia, España, Portugal y Ecuador, sociedades avanzadas entendidas como democráticas) la formación de los comportamientos, los prejuicios, los estigmas y las normas que desde la masculinidad hegemónica impiden la humanización y total incorporación de todo lo femenino, inclusive en el caso de las mujeres trans.
Investigación realizada bajo la dirección académica del Dr. Ramón Adell Argilés, Profesor Titular de la Universidad Nacional de Educación a Distancia - UNED, por uno de los más prestigiosos sociólogos a nivel europeo e internacional, obra que obtuvo la calificación de Sobresaliente como Trabajo de Fin de Grado en Sociología dentro de la línea de investigación de Cambio Social.
Esta obra está accesible a la venta en #España y #Portugal en https://www.amazon.es/dp/B0CQGLRB18
Para #USA y el resto de #AméricaLatina , a la venta a través de
Para #México en https://www.amazon.com.mx/.../B0CQGLRB18
Para #Canada https://www.amazon.ca/dp/B0CQGLRB18
En #Francia a través de https://www.amazon.fr/dp/B0CQGLRB18
En #Italia https://www.amazon.it/dp/B0CQGLRB18

Sobre este libro académico "Género y Transgénero en la Masonería" de Olga Vallejo Rueda, a las 19:00 h y 17 minutos del día 11 de enero de 2024 E. V. hora París/Madrid/Roma, se produjeron 1293 reacciones en 4 días, con un 87,54% (correspondiente a 1132 interacciones) de aceptación positiva sobre este tema, con mente abierta, versus un rechazo del 10,67% (correspondiendo a 138 reacciones).Sin haber sido aún leído o analizado en profundidad por una inmensa mayoría de potenciales lectores, se vertieron desprecios a los fenómenos diferenciales aportando insultos, reflejos impropios de los valores masónicos, que muestran una cerrazón al análisis temático en cuestión y que ponen en duda la naturaleza auténticamente masónica de aquellos que han optado por la agresión verbal. Es inadmisible el insulto ante lo desconocido y la carencia de la forma ética y educadamente adecuada. Profesionalmente soy Profesor Superior, ostentando un doctorado desde mi humilde cualidad, y jamás tildaría de tarados a seres humanos en fases no alineadas a las mías. Estos comentarios vomitivos vertidos sobre la publicación reseñada, así leídos por un profano, a bote pronto, le haría deducir que no somos más que unos farsantes, pura fachada y vanidad. Tengamos atención. La suma facilidad de entrada en Logia, la ausencia de estudio, la utilización de métodos gangsteriles, con una total ausencia de ética, con una carencia de gentil retórica, nos puede llevar a una involución inminente en el grueso de la Orden. Incluso la UGLE lo ha visto claro a pesar de estar en otro polo en el que yo trabajo masónicamente. La Gran Logia Unida de Inglaterra tiene su posición al respecto https://www.ugle.org.uk/discover-freemasonry/blog/inclusivity-and-freemasonry-how-openly-gay-freemason-was-instilled-power-be-himself?=IwAR38ZC3UhLz5-2zYDJrpdyYaWfioTMi8zBRMgKFeydKEytz5qChUIQ17MuU&fbclid=IwAR2yjGdK0QDz1LKTfUHXNI4AHg84ibovHNOWPOFki6LaW0S53EGJRGkk8oQ
Yo opto por ampliar mis conocimientos, leyendo una obra determinada, pues reforzará mis universales conceptuales. Como dice un prestigioso filósofo y masonólogo francés, la aparente seguridad previamente adquirida supuestamente sobre un campo, puede dar un giro imprevisto en nuestras certezas intelectuales y/o emocionales.
Reciban mi TAF.

Joaquim Villalta, Vª Orden, Gr.·. 9, 33º
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la Vª Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Cerneau's Rite)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado (Rite de Cerneau)
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección.
Masonólogo

06 enero 2024

Aclaraciones sobre la misteriosa “regla de tres” y la “triple voz”

En las leyendas ulteriores elaboradas alrededor del asesinato de Hiram y el conocimiento de la antigua Palabra de Maestro Jehovah, la triple voz necesita la reunión de tres Grandes Maestros, el rey Salomón, el rey de Tiro e Hiram el arquitecto, ya que solamente tres personas en el mundo la conocían, y solamente podía ser comunicada si estos tres lo hacían conjuntamente.
El “Régulateur du Maçon” nos hace un apunte velado sobre el poder de este ternario cuando el Venerable expresa a los Vigilantes que ellos nada pueden hacer sin él, pero que entre los tres todo lo pueden.

En el caso donde la leyenda masónica afirma que la Palabra está Perdida a la muerte del arquitecto Hiram, puesto que la triple voz no puede ya llevarse a la práctica, una palabra de substitución fue dada a quienes encontraron el cadáver y levantaron el cuerpo.
Esta manera de ser tres para componer la triple voz se denomina igualmente la «regla de tres» y se refiere siempre a la forma de reencontrar la Palabra perdida para convertirse en Maestro Masón.

Citemos extractos de algunos ejemplos :

MANUSCRITO GRAHAM (1726)

“Entonces, después de su muerte (de Betsaléel) los habitantes de ese país creyeron que los secretos de la masonería fueron completamente perdidos porque no se escuchó hablar más de ellos, puesto que nadie conocía esos secretos, a parte de esos dos príncipes, que se habían comprometido por su juramento de no revelarlos sin ningún otro para formar una triple voz”.

LA MASONERÍA DISECCIONADA de Samuel Prichard, 1730)

P. – ¿Cómo fuisteis aprobado Maestro?
R. – [Pasando] De la Escuadra al Compás.
Ex. – Presumo que habéis sido un Aprendiz Aceptado.
R. – He visto Jakin y Boaz;
Fui hecho un Maestro Masón [eso es lo] más raro,
Con [el] Diamante, [el] Sillar y la Escuadra.
Ex. –Si pretendéis ser un Maestro Masón,
Exactamente habéis de comprender la Regla de Tres.
Y *M. B. os hará libre: * Macbenah.
Y [todo] aquello que deseéis en Masonería,
En esta Logia os será mostrado


Mucho se ha elucubrado sobre este misterioso, o cuanto menos difuso, concepto de la “regla de tres” y de la “triple voz” que se ha interpretado de formas variopintas e incluso fantasiosas, cayendo en elucubraciones más que dudosas.

Dentro del contexto histórico, cultural y religioso en el que se conforman estos rituales y divulgaciones de la época, mi punto de vista personal coincide por su solidez, simplicidad y coherencia al expuesto en distintos ensayos, como los de Patrick Négrier, donde, a pesar de una serie de opiniones que pretende hacer referencia a la Santísima Trinidad (incluso viéndose asociada a elementos simbólicos que se proyectarán también posteriormente como en el eneágono y el triple triángulo en la masonería Escocista en años posteriores) la « regla de tres » que juega un rol eminente en el Graham de 1726 no se refiere en absoluto a la Trinidad (que no es ninguna regla), sino a Gálatas 2,9 y aún además a Mateo 18,20 que habían proporcionado las primicias del reglamento eclesiástico según el cual no se podía ordenar a nadie como ministro del culto a menos que fuera llevado a cabo por tres ministros, reglamento eclesiástico adaptado por los autores del Graham en la esfera masónica.

Joaquim Villalta, Vª Orden, Gr.·. 9, 33º
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la Vª Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Cerneau's Rite)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado (Rite de Cerneau)
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección.
Masonólogo

02 enero 2024

Arqueología de los Altos Grados masónicos

Más allá de los 3 grados fundamentales heredados del “Mason Word”, del cual el Rito Moderno o Francés es su más fiel modelo ritual evolutivo tal cual se practicó, principalmente, según la regulación llevada a cabo por Roëttiers de Montaleau como ejemplo de cohesión y coherencia (así como de vigencia atemporal y potencial perennidad para su puesta en práctica), también es bueno estudiar los denominados Altos Grados (Grados de Sabiduría, Órdenes de Sabiduría) cuyos grados caballerescos, alquímicos y rosacruces (cuando existen en un rito) se remontan culturalmente (no necesariamente históricamente) a una herencia Rosacruz (1614-16) que es muy útil para estudiar y comprender, aunque nunca se debe confundir ni verbalmente, ni cultural o administrativamente Francmasonería (en 3 grados) y Caballería (Altos Grados).
Mucho se ha escrito y hablado de la relación de la masonería con las órdenes de caballería y el Temple, en concreto, creando fábulas parecidas a guiones de película de ciencia ficción-histórica, pero muy al gusto del público en general.
Es por ello que, dado este objeto de análisis cuasi inmortal, traigo un artículo escrito en abril de 2016 para Blog Maçonnique Hiram.be por Patrick Négrier, prestigioso filósofo e historiador masónico por todos conocido, con quien me honra mantener una fraternal amistad y aprender de sus amplios conocimientos e investigaciones. Este escrito de reflexión y análisis histórico, seguro que ayudará a poner cada cosa en su lugar preciso, aunque deje perplejo a más de uno tras el derribo argumentado de falsos mitos e incluso dejando en evidencia referenciales personajes legendarios.

Arqueología de los Altos Grados masónicos

1658: El contrato masónico de la Logia escocesa en Perth establece por primera vez el hecho histórico de la filiación institucional de la Logia Calvinista Presbiteriana de Perth a la Logia Escocesa y calvinista presbiteriana de Kilwinning, y en segundo lugar establece la filiación cultural de la Logia de Kilwinning (que practicó al menos desde 1637 el rito calvinista del Mason Word o Palabra de Masón, que se refería explícitamente al simbolismo del templo de Jerusalén construido por Salomón y descrito en I Reyes 6-7) al "templo de los templos", alusión al simbolismo del templo de Jerusalén, que en realidad sirvió como base para el rito del Mason Word (uso de las palabras Bo'az y Yakin) que practicaban entonces las logias presbiterianas calvinistas de Escocia, como las de Kilwinning y Perth.

1724: basándose en el Contrato de Perth, con la intención de burlarse de las logias escocesas presbiterianas que practicaban el Rito Calvinista de la Palabra de Mason que él llama un "vómito" (él usa en su texto un neologismo extraído a la vez  del hebreo y del griego, Manaboleth, que significa "vómito"), el escritor panfletista irlandés y anglicano Jonathan Swift, profundamente hostil al calvinismo presbiteriano escocés, escribe su Carta de la Gran Maestra de las francmasonas a M. Harding, Impresor donde, debido a la conexión cultural que enlazaba la Logia Kilwinning practicante del Rito de la Palabra Mason con el simbolismo del Templo de Jerusalén, menciona la Logia Kilwinning que él asocia, sin ninguna consideración a la verdad histórica, a la mención de los caballeros de San Juan de Jerusalén y Malta, sin que existiera la menor relación histórica entre la masonería aparecida en 1356 (Reglamento para los masones de Londres) y esa caballería, ni siquiera que hubiese la más mínima relación histórica entre las logias calvinistas presbiterianas de Escocia que practicaban el Rito de la Palabra de Masón y los caballeros católicos, sino porque las logias escocesas que practicaban el rito calvinista del Mason Word practicaban antes de 1637 el rito anglicano de los Antiguos deberes (como lo demostró el Profesor David Stevenson en Los Primeros Francmasones), un rito en el cual estas logias escocesas solían recibir a sus aprendices el día de San Juan de invierno.

Francia de 1736-1737: sin entender que la Carta Swift de 1724 era un simple panfleto carente de validez histórica (excepto por su referencia implícita al Contrato de Perth), el Francmasón y caballero católico Andrew Michael Ramsay tomó ingenuamente al pie de la letra su contenido y creyó que podía basarse en este escrito de Swift para proclamar ante los francmasones franceses (que en su mayoría eran católicos) la existencia de una filiación histórica entre la masonería y la caballería, una filiación que nunca existió.

Francia, años 1740: aparecen rituales masónicos de altos grados. Encontramos un eco de la existencia de estos altos grados en 1745 en L’Ordre des francs-maçons trahi de Gabriel-Louis Pérau. Algunos de estos rituales pretenden continuar la leyenda de Hiram y se refieren explícitamente a la caballería.

Patrick Négrier

Joaquim Villalta, Vª Orden, Gr.·. 9, 33º
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la Vª Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Cerneau's Rite)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado (Rite de Cerneau)
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección.
Masonólogo

13 diciembre 2023

Sobre la figura de San Juan y las apariciones de diversas interferencias

 A pocos días ya del solsticio de invierno en el hemisferio Norte, directamente vinculado a la columna B del Templo de Salomón como hemos desarrollado en otros artículos, se ha interferido sin ningún tipo de pudor siguiendo múltiples argumentos astronómicos, astrológicos e incluso importados de culturas diversas aduciendo a la Madre Naturaleza, ya no uno, sino dos San Juanes, como figuras imprescindibles dentro de la Orden, sin contar además el aditamento Ramsayano caballeresco, fruto de esa fantasiosa y humorística descendencia de determinada Orden de San Juan, caldo de cultivo para justificar el culto (casi adoración) con lo noble, esa falsa herencia de esos caballeros medievales, fruto de imaginaciones ávidas de nobleza, gallardía, valentía, algo así como receptores de un legado del que no tienen vinculación ninguna.

A esas transmisiones interesadas en acrecentar los egos, se han también adosado elementos exógenos donde la duplicidad de los Santos tampoco se ha librado de ello: dos solsticios, pues dos San Juanes. Así, con fundamentos variopintos y argumentos para todos los gustos, podríamos inserir (como de hecho se ha hecho) auténticas falsedades que incluso rozan lo necio.
Tras esta reflexión quiero centrarme en la belleza de lo real, o sea, de lo que simplemente es, procurando argumentar la figura de San Juan dentro de la Masonería con algo tan apasionante como la razón de ser de este personaje dentro de la historia de la Orden.
Así, volviendo a reflexionar sobre el asunto, Patrick Négrier me recordaba una vez más la elección de la fecha de San Juan de invierno (el Evangelista), y su presencia (y solamente la de un San Juan).

Joaquim Villalta, Vª Orden, Gr.·. 9, 33º
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la Vª Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Cerneau's Rite)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado (Rite de Cerneau)
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto para España, Rito de Perfección.
Masonólogo

Sobre las figura de San Juan y las apariciones de diversas interferencias (de mis conversaciones con Patrick Négrier)

En principio, al inicio del Siglo XVII, cuando los masones calvinistas presbiterianos se oponían ferozmente a todo alineamiento sobre el modelo anglicano de los Antiguos Deberes que recibían el día de San Juan de invierno (27 de diciembre), se desmarcaron y recibieron a sus propios aprendices en una fecha distinta (Négrier, "La Tulip", pág. 26, donde cito al Profesor David Stevenson, "Les premiers Francs-Maçons", 2000, pág. 93).

Pero con el paso del tiempo, los practicantes de la "Palabra de Masón" terminaron por volver al uso escocés de la recepción de los aprendices el día del San Juan del 27 de diciembre (ya que si bien el calendario de los santos fue rechazado por los calvinistas, el Apóstol Juan no fue rechazado por estos puesto que sus escritos formaban parte de las escrituras), como así aparece textualmente en el Edimburgo de 1696 que menciona la noción de "Logia de San Juan" término mencionado en otra parte por James Anderson en sus "Constituciones" de 1738.

No obstante, este uso de recibir a los aprendices en Logia el 27 de diciembre, día de San Juan, no fue la regla general. Así, en 1723 el "Examen de un masón" menciona la "Logia de San Esteban" que se celebra el 26 de diciembre. Ahora sabemos que este catecismo, que era el de la Gran Logia de Londres, fue muy probablemente transmitido por el pastor escocés calvinista presbiteriano James Anderson, quien solamente podía haberlo obtenido de su padre que era miembro de la Logia de Aberdeen, la cual practicaba el Mason Word desde al menos 1699 y por lo tanto recibía aparentemente a los aprendices el día de San Esteban el 26 de diciembre, lo que confirma la declaración de David Stevenson mencionada anteriormente.

Patrick Négrier



01 diciembre 2023

Balance de la Instalación del Supremo Consejo del Grado 33° y Último del REAA de las Islas Filipinas y de la Gran Logia del Lejano Oriente, Islas Filipinas REAA

Balance de la Instalación del Supremo Consejo del Grado 33° y Último del REAA de las Islas Filipinas

El balance de la Instalación del Supremo Consejo del Grado 33° y Último del REAA de las Islas Filipinas presidido por su MPSGC Mon Caballero quien fue regularmente instalado con su Comité Ejecutivo de su Santo Imperio, siendo además miembro de pleno derecho de la International Confederation of Supreme Councils AASR, aprobado por unanimidad, ha sido impresionantemente positivo.

En estos meses la masonería filipina de la mano del Supremo Consejo del Grado 33º y Último de las Islas Filipinas, así como de la Gran Logia del Lejano Oriente, Islas Filipinas REAA que se encuentra bajo su protectorado, han realizado una ingente labor de expansión , regularización a nivel ritual y han abierto un campo de proyección internacional hasta hoy día inusitado, apostando por la formación, la filantropía y dando un verdadero ejemplo masónico en la práctica y valores éticos del REAA, interactuando constructivamente con Supremos Consejos de diversos continentes, algunos de ellos de una gran antigüedad y práctica ininterrumpida que dan lugar a unas sinergias de trabajo que actualmente les hace destacar a nivel mundial.

El Supremo Consejo del Grado 33º y Último del REAA de las Islas Filipinas posee regularmente las líneas de Mitchell, Grasse-Tilly, Hacquet (Charleston), de Cerneau, DeWitte Clinton, Marquis de Lafayette (New-York) y Hacquet (GODF) así como la Orden del Real Secreto de Étienne Morin. La Patente ha sido otorgada por el Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, poseedor también de la linea de Joseph Cerneau. Este Supremo Consejo de las Islas Filipinas recupera la esencia de la Francmasonería liberal y regular que introdujo el Grande Oriente Español.

La International Confederation of Supreme Councils AASR emitió un comunicado oficial para honrar recientemente la memoria del Muy Ilustre y Poderoso Hermano el General Emilio Aguinaldo, Sublime Príncipe del Real Secreto 32º, otorgándole el 33º a título póstumo como reconocimiento a su ejemplo en los más altos valores en pro de la Orden y de la líbertad de las naciones. ¡¡¡Larga Vida!!


Joaquim Villalta, Vª Orden, Gr.·. 9, 33º
M.·. I.·.

 Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano

Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano

Miembro Honorario del Gran Oriente Tradicional de Bolivia

Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo del Ecuador

Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze

Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz/Grande Capítulo Géral do Rito Moderno e Francês de Portugal

Masonólogo