Puede resultar sorprendente plantear este tema en la actualidad, por su aparente evidencia argumental. Aun así, he estimado oportuno hacerlo como trabajo sintético de estudio y conocimiento histórico individual, intentando a la vez que pueda resultar de interés para el resto de Hnas.·., HH.·. o lectores en general.
Nuestro mundo ha experimentado grandes progresos, aunque muchos de ellos se han materializado de manera desigual en diferentes aspectos. Uno de los grandes adelantos sociales y de valores lo representa la teórica conquista por parte de la mujer de la igualdad de derechos cívicos y de oportunidades con los hombres, con todavía numerosas y desgraciadas excepciones por ahora. No siempre fue así. La mujer era tanto o más importante que el hombre en los cultos y creencias antiguos. Esta importancia también adquirió significado en la vida social y comunitaria, hasta llegar a las diversas formas de matriarcado.
En tiempos prehistóricos, la mujer tenía una activa participación en los cultos agrarios de fertilidad. Recordemos el culto a las “Diosas Madres” ya vigente en la etapa “auriñacense” del paleolítico superior (30.000 AC). En la Antigüedad, de Mesopotamia y Egipto, el culto a la diosa Naturaleza pasó a la Europa mediterránea. Durante miles de años la religión del área mediterránea y Europa, desde Anatolia hasta el Próximo Oriente, expresó el culto a la Diosa, metáfora de la naturaleza, y sus ciclos representaron la vida, la muerte y la regeneración. La civilización matriarcal de la Vieja Europa llegó a su máximo esplendor durante el 5º milenio AC. Respecto a los ritos de Iniciación y las formas de sacerdocio, desde los más elementales hasta los culturalmente mejor elaborados, la mujer ocupaba un lugar de preferencia. En el Antiguo Egipto, las mujeres participaban activamente en los Misterios de Isis y Osiris, del mismo modo que en Grecia en los Misterios de Eleusis instituidos por la diosa Deméter. Las invasiones por razones probablemente económicas de los indoeuropeos, no obstante, impusieron una estructura social patriarcal, y un panteón con dioses predominantemente masculinos. Los nuevos soberanos déspotas buscaron el apoyo de Sacerdotes y poetas para dar fundamento religioso a su ideología política que les ayudara a gobernar con normas morales y legitimara sus acciones agresivas y su poder absoluto. Fue así como se efectuó la reforma religiosa, creando y divulgando mitos, usados con la expresa función de propagar la ideología patriarcal. Los nuevos mitos aportaban claves útiles para la existencia, servían para imponer, amparar y mantener una situación de superioridad masculina, modelaban conductas diferenciadas de cada sexo y servían para subordinar, someter y disciplinar a las mujeres, a la vez que para justificar el orden impuesto y asignarle una base moral. Esta justificación religiosa permitía la guerra, como cumplimiento de indicaciones Divinas y, amparándose en la misión grandiosa de extender su religión, pretendía convertir al resto del universo. Antes de aquellas invasiones indoeuropeas, los pueblos del continente no utilizaban armas, vivían en ciudades abiertas y se dedicaban esencialmente a la agricultura, la artesanía y el comercio. Podemos de este modo diferenciar estas anteriores “sociedades solidarias” respecto a las “sociedades de dominación” que se impusieron finalmente. Las invasiones indoeuropeas consolidaron la sumisión de la mujer plasmadas ciertamente en las religiones de Libro Sagrado: el judaísmo, el islam y el cristianismo.
Este conjunto de factores: comportamientos innatos y adquiridos, normas de derecho, usos y costumbres tradicionales y preceptos religiosos erróneos, mantuvieron a la mujer en un grado de inferioridad en relación a al hombre . Muchos de quienes se oponen a la admisión de la mujer en Francmasonería, esgrimen como únicos argumentos, unas veces el de la "Tradición", otras las Constituciones de 1.723, y algunos van mucho más allá recurriendo a teorías antropológicas de nula base científica y de fascistas reminiscencias que ahora me ahorraré comentar. Estas posturas intentan impedir que más del 50% de la Humanidad beba de las mismas fuentes del Conocimiento que los hombres "libres" y nacidos de mujer. Las Constituciones de Anderson (1.723)., salidas de l’imprenta de Willian Hunter, Londres, el año Masónico de 5.723 (1.723 E.·. V.·.), representan unos de los puntos discordantes. Es en su Sección Segunda (Obligaciones de un Francmasón, apartado III), dónde está el origen de lo que todavía hoy continúa sembrando la polémica: "Los candidatos admitidos como miembros de la Logia, deben ser buenos y leales, nacidos libres, de edad madura y discreta, no esclavos, ni mujeres, no inmorales o escandalosos, sino de excelente reputación". Resulta a todas luces incomprensible que una Fraternidad que ha luchado contra toda clase de "dogmas", acabe por "crear" y "mantener” uno, para justificar la no participación de la mujer. Esta postura "dogmática" se fundamenta en un párrafo de un documento producto de la mentalidad de aquellos años y elaborado por hombres de iglesia (no olvidamos la calidad de pastores protestantes de Anderson y Désaguliers), puritanos y con un concepto sobre la inteligencia y aptitudes de la mujer de su época totalmente diferente al nuestro. Anderson excluye a las mujeres, no por una cuestión iniciática o relacionada con la Tradición, sino por un hecho histórico constatable en aquella época: las mujeres vivían y morían bajo la tutela masculina y prácticamente nadie las consideraba libres. Refiriéndonos nuevamente a esta lectura dogmática, resulta curioso, que en el Artículo XXXIX (último de ellos) de los Reglamentos Generales, recopilados por George Payne (Segundo Gran Maestre de la Logia de Londres) el año 1.720 (tres años antes de las Constituciones de Anderson), se diga: "Cada sesión anual de la Gran Logia, tiene poder inherente y autoridad para hacer nuevas reglamentaciones o alterarlas, para el beneficio real de esta antigua Fraternidad".
En los tiempos de la masonería operativa, las mujeres participaban activamente en las fraternidades de los talladores de piedra y de constructores. En efecto - y para sorpresa de muchos -se pueden ver nombres femeninos tanto en las listas de trabajo de las canteras como en las relaciones de asistencia de varias "Logias", nombre con el que se designaba el pequeño local temporal destinado a la administración de las obras de construcción durante el tiempo que estas duraban. El hecho de que la gran mayoría de estas corporaciones estuviera integrada por hombres, no significa que no existieran mujeres que cumplieran estos oficios, puesto que no todas las corporaciones medievales excluían a la mujer.
Para citar un ejemplo, la Guilda (corporación) inglesa de los Carpinteros de Norwich, que data del 1375, a la que también pertenecían los masones de York, recuerda que: “Todos los años, el sábado siguiente a la Ascensión, los Hermanos y Hermanas se reunirán en un lugar determinado para recitar oraciones en honor de la Santa Trinidad, por la paz y la unión del país...” “Si muere algún miembro de la guilda, sus Hermanos y Hermanas habrán de rezar por él ...”
Entre los constructores de Catedrales encontramos el nombre de una mujer, Sabine de Pierrefonds, hija de Hervé de Pierrefonds, más conocido por su nombre germánico Erwin de Steinbach, constructor principal de la Catedral de Estrasburgo en el 1277. Sabine (tal vez fruto de una leyenda fundamentada sobre una realidad social) se dice que fue responsable de tallar el pórtico de esta catedral así como de esculpir algunas de las notables estatuas de Notre Dame de París.También por su condición de Maestra de Obra, formaría Aprendices en su oficio.
, en su libro "Double Vision: Perspectives on Gender and the Visual Arts", aporta datos complementarios:
El mismo libro y en la misma página se afirma:
"No obstante, la verdad inherente de esta leyenda constituye un ejemplo de la tradición medieval occidental: la mujer artesana que aprende su arte del padre artista (o de otro pariente masculino: marido, hermano o tío). En estas circunstancias, la mujer de un miembro de una clase de artesanos tendría acceso a esta formación. Si el artesano varón moría, la hija/esposa/hermana/sobrina podría heredar el trabajo por finalizar y así continuar explotando el taller. Los registros de las guildas de finales de la Edad Media han descrito regularmente a las mujeres como socias de los negocios y se les autoriza, a ellas solamente, a heredar y a proseguir el artesanado o el comercio del difunto marido".
En cualquier caso, Sabina de Steinbach se ha convertido en un símbolo de las mujeres que de forma anónima trabajaron como artesanas en la Edad Media. La periodista e investigadora
Sandra Ferrer Valero se refiere a Sabina con estas palabras en una de sus obras:
"No existen pruebas totalmente concluyentes de la existencia de Sabine y de su papel como maestra constructora, masona y escultora. Pero su historia bien podría haber sido cierta y simboliza a todas las mujeres que trabajaron en la construcción de las catedrales europeas en la Edad Media realizando trabajos aparentemente reservados a los hombres".
Pensamos también en la recepción de las esposas de los Maestros, pues en “las Antiguas Constituciones de los masones francos y aceptados”, tomadas de un manuscrito de una antigüedad de 500 años anterior a ser editado en 1722 por J. Roberts, en la parte del Reglamento de los Aprendices, dice: “No revelaréis los secretos o proyectos de vuestro Maestro o de vuestra Maestra ...”
En los archivos de la Logia de York N° 236, que perteneció a la antigua “Gran Logia de Toda Inglaterra”, existe un manuscrito de 1693 (denominado York Nº 4), dónde podemos leer lo que sigue respecto a una recepción del Siglo XVII: “Uno de los antiguos coge el Libro, y aquel o aquella que debe ser hecho masón, pone las manos sobre el Libro, y le son dadas las instrucciones”. Incluso, la iniciación femenina dentro la francmasonería aceptada se extendió a una soberana, Ana Estuardo, hija de Jacobo II, que reinó sobre Gran Bretaña e Irlanda de 1702 a 1714 .
Si consideramos importante efectuar una búsqueda histórica de los orígenes y parte de la base de inspiración de lo que posteriormente representará la masonería especulativa, necesariamente nos hemos de dirigir a los denominados
"Antiguos Deberes" u obligaciones (Old Charges). Estos se componen de un material de aproximadamente ciento veinte documentos manuscritos que han sobrevivido hasta nuestros días, referentes a normas y reglamentos que gobernaban el arte y la ciencia de la construcción antes del surgimiento del sindicalismo moderno. Estos documentos datan de unos trescientos a seiscientos años atrás. El más antiguo conocido es el denominado
"Regius" y, según los expertos, fue redactado sobre el 1390; se trata de un extenso poema, de rima arcaica denominada "doggerel verse", que se encuentra en el British Museum. De éste destacamos unos extractos de particular interés:
“Este gran clérigo se llamaba Euclides,
Su nombre era conocido en todo el mundo.
Pero este gran clérigo ordenó
A quien más elevado estaba en este grado,
Que debía de enseñar a los más simples de espíritu
Para ser perfecto en este honrado oficio;
Y así debían instruirse el una al otro,
Y amarse juntos como hermano y hermana.”
También en el Artículo Décimo leemos:
“El décimo artículo sirve para hacer saber,
A todos los del oficio, grandes o modestos,
Que ningún maestro puede a otro suplantar,
Sino estar juntos como hermana y hermano.”
Finalmente en su punto noveno encontramos:
“El noveno punto va dirigido a aquel
Que es el intendente de nuestra sala
Si os encontráis juntos en la cámara
Servíos uno al otro con calmada alegría;
Gentiles compañeros, lo debéis saber,
Cada cual debe ser intendente por turnos,
Semana tras semana, sin lugar a dudas,
Todos a la vez intendentes deben ser,
Para servirse unos a los otras, amablemente,
Como si fueran hermano y hermana;”
Llegados hasta aquí, permitidme efectuar la siguiente reflexión: La aparición “oficial” de la
Masonería Moderna o Especulativa (la que substituyó mediante el "
Mason Word" escocés y calvinista a la recepción en Logia utilizada en los gremios que seguían los
“Old Charges” ingleses que describen el funcionamiento y las obligaciones de las corporaciones de los constructores así como su historia mítica, con la organización de la
Gran Logia de Londres supuso una transformación de la tradición masónica anterior. Años más tarde este hecho generó la revuelta de los masones operativos liderados por el H.·. Laurence Dermott, (guerra absurda cuyo único objetivo era elevarse en el poder de devenir el supuesto curador de la “verdadera masonería original, quien constituyó la
Gran Logia de los "Antiguos" según las viejas instituciones, si bien su trabajo ritual era sin duda también derivado del Mason Word creado en Kilwinning. Así pues, hablar de los conceptos de regularidad y legitimidad resulta muy claro, pero fácilmente manipulable. La evolución es absolutamente necesaria siempre que se conserve aquello que es "esencial" para determinar el pensamiento masónico, y curiosamente, algunas propuestas concretas que pueden parecer innovadoras ya se aplicaban en la tradición masónica antigua.
Vemos, pues, que el problema generador de división masónica alrededor del concepto
“regularidad”, responsable entre otras diferencias, de la no aceptación de la mujer como miembro de nuestra Augusta Orden, se reduce a la clasificación que ciertas Obediencias reservan para otras en función de su origen, Ritos y creencias. Simbólicamente, se aplica este término a los masones que están activos (inscritos en una L.·. y a plomo con sus obligaciones) y de la Logia que, cumpliendo con las condiciones constituyentes, está instalada y reconocida por una Ob.·., quien le otorga una Carta Patente ofreciéndole “legalidad- regularidad” para ejercer su trabajo bajo su jurisdicción. Pese a esto, esta legalidad adquirida obediencialmente, no es condición “sine qua non” para definir su calidad masónica. Recordamos que una Logia Justa y Perfecta disfruta de completa independencia de otra Logia o Gran Logia para desarrollar sus trabajos. ¿Dónde encontramos pues, el “fons et origo” de la esencia masónica?
Ésta probablemente radique en los
Landmarks o Antiguos Límites, puesto que son los Principios Generales de Derecho Masónico, normas de derecho no escrito, que cumplen una importantísima tarea fundamentadora, interpretativa, integradora y limitadora. ¿Pero qué son estos landmarks o linderos? Algunos de estos linderos son comunes, otros bastante diferentes dependiendo de quien haya hecho una relación (Mackey, Mac Bride, Pound, Pike, u otros) llegando
en algunos casos a encontrarse en total contradicción. Sólo unos pocos linderos de los muchos que aparecen en las numerosas listas coinciden o son muy similares a las Obligaciones contenidas en los antiguos Estatutos de la Cofradía.
Los verdaderos Landmarks constituyen reglas rectoras, puntos de partida y de referencia, dónde su observancia permito garantizar la conservación de la esencia masónica siempre y en todas partes. Nos estamos refiriendo entonces a aquellas ideas básicas sobre las que se fundamenta la Institución Masónica, que surgen lógica y racionalmente de aquello que ha sido, es y será la Orden en su propia naturaleza. Vemos en ellos aquellos principios o reglas de gobierno masónico que supuestamente determinan el espíritu de nuestra institución, y que, por provenir de tiempos remotos, se tienen en su mayor parte por inviolables. Dentro de estos linderos se encuentra la masonería, fuera de ellos, no existe. Por lo tanto, ninguna Gran Logia los puede derogar, ignorar, modificar o añadir y tienen como características el ser fundamentales, preexistentes, subordinantes, universales e inmutables. Existen y permanecen sin necesidad de ser enumerados, ni contenidos en un código. Podríamos “atrevernos” a intentar citar algunos que considero como muy evidentes:
La Masonería es una Institución cerrada y permanece a cubierto. El Simbolismo forma parte integrante de la Masonería.
La Logia representa el lugar físico y espiritual de encuentro de los Masones.
La Masonería es defensora de los derechos humanos.
Los Masones son seres humanos libres y de buenas costumbres. La Masonería le opone al dogmatismo, el libre examen, el libre pensamiento y la razón.
La Masonería es ajena como institución a la práctica religiosa.
La Masonería es ajena como institución a la práctica política.
La Masonería es una institución democrática.
Paralelamente, nos aparecen los
Antiguos Usos y Costumbres. Éstos también
son normas de derecho no escritas, que, sin tener las características de los Landmarks, cumplen una tarea supletoria en el derecho masónico, aunque pueden ser eliminados, sin que se afecte la esencia de la Orden. Los Antiguos Usos y Costumbres no tienen la connotación de principios generales y deben ser estudiados como prácticas reiteradas que se han convertido en costumbres aceptadas y se deben tratar de forma diferente, entre otras razones porque estas
no tienen el carácter de esencialidad, inalterabilidad o inmutabilidad. La exigencia de la creencia en el G.·.A.·.D.·.U.·. y la exclusión de la mujer no son reglas esenciales o fundamentales para la Orden Masónica. Resaltamos como curiosidad, que la Gran Logia Unida de Inglaterra los enuncia en un lugar diferente a los Antiguos Límites y de estos Landmarks no ha elaborado ninguna lista que los defina o que ni siquiera los enumere. Los tradicionalmente presentados como Landmarks, como
la lista de Mackey y otras similares, suelen ser antiguos Usos o Costumbres, pero no Landmarks o Principios Generales de Derecho Masónico, ya que no reúnen las características antes mencionadas. En este sentido, la creencia en el G.·.A.·.D.·.U.·. y la regla de la exclusión de las mujeres, no son Landmarks sino “Antiguos Usos”. Pueden ser eliminados, sin que se afecte la esencia masónica. De hecho, las Logias europeas principalmente que ya retiraron estas prohibiciones deben sentirse completamente legitimadas sin ningún género de dudas, siendo el problema, más de relaciones internacionales en lo que respeta al reconocimiento por parte de determinadas obediencias abocadas a defender unas posturas intelectual y moralmente insostenibles hoy en día dentro de una sociedad de progreso y libertades. El cambio de parecer de estas últimas se producirá tarde o temprano, y la meta de unión universal francmasónica estará algo más cercana y menos utópica.
Por todo esto, como defensores del ideario francmasónico, reconozcamos y devolvamos los derechos que pertenecen a la mujer tanto por sus cualidades como por justicia universal, y hagamos operativo este sentimiento igualitario para todos los seres humanos en cualquier situación que así lo requiera. Es nuestro deber y responsabilidad.
La Masonería fundamentada en unos valores ético-morales y principios de alcance universal, no puede estancarse cual dogma atemporal en una restricción reglamentaria contra la aceptación femenina que atenta al concepto mismo de dignidad humana, de progreso y atenta a la razón.
Ni siquiera, y volviendo otra vez la mirada hacia la historia (ver trabajos académicos del prestigioso historiador medievalista francés
Jean Gimpel y en los
Estatutos de Boileau, Paris, del S. XII entre otros muchos) encontramos que fuera negado el acceso en la Mas.·. de Oficio (Operativa) a las mujeres donde estaban también incluidas. Así, del mismo modo en el ámbito especulativo, rápidamente bajo la influencia “Modern” en la Europa continental proliferaron los
Trabajos Mixtos (ver los Rituales del
Marquis de Gages en los Países Bajos Austriacos y el fenómeno de la sociabilidad en la Ilustración, o en el entorno del propio
Conde de Clermont del S. XVIII).
Sólo un giro dogmático traducido en la fusión de 1813 impidió la natural revisión de las fundacionales Constituciones de 1717, abriéndose la tendencia de reconocimiento y recepción de la mujer en las históricas obediencias masónicas continentales Gran Oriente de Bélgica y Gran Oriente de Francia, que hoy día, entre otras muchas, las reconocen y reciben plenamente.
Por fortuna, cada vez más son las OOb.·. y Potencias Filosóficas, sobre todo al abrigo del Rito Francés de los Modernos, que reconocen a la mujer con pleno derecho masónico, respetando también la libertad de Trabajar en Talleres Masculinos, Femeninos y Mixtos.
Hoy nuestra actual masonería, y muy especialmente el Rito Moderno debe recoger el testigo y proseguir con la expansión de los valores inherentes que ostenta, libre de toda discriminación o imposición dogmática en defensa de unas sociedades más justas, libres, laicas y solidarias.
Incluso la iniciación femenina a la masonería aceptada se extendió a una soberana, Ana Estuardo, hija de Jacobo II, que reinó sobre Gran Bretaña e Irlanda de 1702 a 1714.
Para finalizar quiero citar textualmente lo que se ha comentado alrededor del poema
“Regius” exponiendo las precisas citas:
- Línea 42: “and love togeder as syster and brothur”(deben amarse como hermano y hermana).
- Línea 204: “but be togeder as systur and brother”(pero estar juntos como hermano y hermana).
- Línea 352: “As thawgh they were syster and brother”(como si fueran hermana y hermano).
Además en el
“York Manuscript” nº4, custodiado por la
Gran Logia de York aparece la siguiente frase: “…the Elders taking the Booke, hee or shee (sic) that is to be made Mason shall lay their hands thereon, and the charge Shall be given”(…habiendo tomado el Libro de Ancianos, aquel o aquella (sic) que será hecho Masón colocará sus manos sobre el mismo, y el deber será dado).
En el manuscrito
“Huddlestone” derivado de la rama de los manuscritos
“Colne” aparecen las instrucciones para prestar juramento:
“…that He, or She, who is to be made fre…” (Aquél o Aquella, que será hecho libre…). La masonería de progreso y liberal cumple fielmente tanto con su base operativa como con la transformación en la denominada
Especulativa, pues, ya en sus
primeras Constituciones, según he expuesto anteriormente, en su sección III, permite la modificación de las mismas anualmente si fuera menester (algo obvio), en un contexto social cuando fueron redactadas donde la mujer padecía una discriminación de derechos, ya superada. Es por ello que
su presencia es absolutamente Regular y necesaria en un mundo que desea la justicia el progreso y la igualdad de derechos. Aquellos que se aferran a unos Landmarks inexistentes y arbitrarios, sólo muestran la ignorancia de lo que estos realmente representan.
Otra bibliografía básica de referencia:
Patrick Négrier : Art Royal et Régularité dans la tradition de 1723-1730 (Editions Ivoire-Clair, 2009)
Harry Carr : The Early Msonic Catechisms (Segunda edición, por Quatuor Coronati Lodge, 1975)