Introducción
Dentro de la historiografía masónica del Rito Escocés Antiguo y Aceptado
(REAA), uno de los postulados más difundidos —y menos cuestionados— es la
noción de que el Supremo Consejo fundado en Charleston en 1801 constituye el
llamado "Supremo Consejo Madre" del mundo entero. Esta afirmación,
repetida durante más de un siglo en documentos oficiales, manuales y discursos
institucionales, ha adquirido un carácter casi dogmático. Sin embargo, un
examen histórico riguroso demuestra que dicha noción no se sostiene ni
documental, ni cronológica, ni doctrinalmente.
El presente ensayo tiene como objetivo desmontar críticamente el mito
del "Supremo Consejo Madre", demostrando que el Supremo Consejo de
Charleston fue un cuerpo legítimo y temprano del REAA, pero no su fuente
originaria ni su autoridad universal. Asimismo, se argumentará que otras líneas
contemporáneas —en particular la asociada a Joseph Cerneau— poseen una
legitimidad equivalente, basada en los mismos principios de transmisión
iniciática y continuidad ritual.
1. El REAA antes de 1801: una realidad preexistente
El primer error del mito de Charleston consiste en atribuirle la
creación del REAA. Históricamente, el sistema de altos grados que culminaría en
el REAA existía con anterioridad bajo diversas formas, especialmente el
denominado Rito de Perfección de 25 grados, documentado en Francia y el Caribe
desde mediados del siglo XVIII.
Figuras como Étienne Morin y Henry Andrew Francken desempeñaron un papel
central en la transmisión y sistematización de estos grados, particularmente en
las Antillas francesas. Para finales del siglo XVIII, los grados escoceses
superiores ya se practicaban de forma regular en Francia, Saint-Domingue,
Jamaica y otras regiones del mundo atlántico.
Por tanto, cuando el Supremo Consejo de Charleston se constituye en
1801, no crea un rito nuevo, sino que hereda y reorganiza un corpus ritual
preexistente. Un cuerpo heredero no puede ser considerado, en sentido estricto,
la "madre" ontológica del sistema que recibe.
2. El acto fundacional de 1801 y sus límites
El acta de fundación del Supremo Consejo de Charleston, fechada el 31 de
mayo de 1801, constituye un documento administrativo, no genético. En ella no
se proclama ninguna supremacía universal ni se reivindica autoridad exclusiva
sobre el conjunto del REAA.
Los fundadores —entre ellos John James Robinson, Frederick Dalcho y
Thomas B. Bowen— actuaron como un colegio de masones investidos de autoridad
previa, procedente de líneas franco-caribeñas. Su objetivo fue organizar un
Supremo Consejo para una jurisdicción concreta, no erigirse en fuente única de
legitimidad mundial.
La idea de una jerarquía global de Supremos Consejos es completamente
ajena al contexto masónico de comienzos del siglo XIX.
3. El carácter anacrónico del concepto de "Supremo Consejo
Madre"
El término "Supremo Consejo Madre" no aparece en los
documentos fundacionales de Charleston ni en los textos masónicos
contemporáneos a su creación. Se trata de una construcción conceptual
posterior, desarrollada a lo largo del siglo XIX, cuando la masonería escocesa
comenzó a estructurarse de forma más centralizada y territorial.
En la tradición masónica clásica, cada Supremo Consejo es soberano
dentro de su jurisdicción y deriva su legitimidad de la regularidad de su
transmisión ritual, no del reconocimiento de un órgano externo. Aplicar
retrospectivamente el concepto de "madre" a Charleston constituye,
por tanto, un anacronismo historiográfico.
4. Supremos Consejos no derivados de Charleston
Un argumento decisivo contra el mito es el hecho comprobable de que
numerosos Supremos Consejos no fueron fundados ni patentados por Charleston. En
Francia, Europa continental, América Latina y el Caribe, existen líneas del
REAA cuya transmisión no pasa por Carolina del Sur.
El caso del Rito Escocés Antiguo y Aceptado asociado a Joseph Cerneau es
especialmente ilustrativo. Cerneau, masón francés activo en Nueva York a
comienzos del siglo XIX, recibió autoridad directamente de fuentes europeas y
organizó un sistema escocés completo y coherente, con 33 grados, sin
dependencia de Charleston.
Si la ausencia de filiación con Charleston bastara para declarar
irregularidad, entonces el propio Charleston debería considerarse irregular
respecto de Francia, lo cual resulta absurdo.
5. Cerneau y la equivalencia de legitimidad
La línea de Cerneau cumple todos los criterios clásicos de legitimidad
masónica: transmisión iniciática válida, fidelidad ritual, coherencia doctrinal
y continuidad histórica. Su deslegitimación no se basa en deficiencias
masónicas reales, sino en disputas administrativas y políticas surgidas en el
contexto estadounidense del siglo XIX.
Desde una perspectiva histórica, Charleston y Cerneau representan
desarrollos paralelos de un mismo tronco europeo. Son cuerpos hermanos, no una
relación madre-hijo.
6. Política institucional y construcción del mito
La consolidación del mito del "Supremo Consejo Madre" responde
más a factores de poder que a principios iniciáticos. El Supremo Consejo de
Charleston logró una mayor cohesión territorial y reconocimiento institucional
en Estados Unidos, lo que le permitió imponer su narrativa histórica como
dominante.
Esta hegemonía discursiva condujo a una reinterpretación retrospectiva
de los hechos, elevando a Charleston a una categoría simbólica que no le
correspondía originalmente.
Conclusión
El análisis histórico demuestra que el Supremo Consejo de Charleston es
una institución legítima y fundamental en la historia del REAA, pero no su
fuente originaria ni su autoridad universal. El concepto de "Supremo
Consejo Madre" carece de fundamento documental y responde a una
construcción política posterior.
Reconocer esta realidad no deslegitima a Charleston, sino que restituye
la complejidad histórica del REAA y permite reconocer la legitimidad de otras
líneas, como la de Cerneau, que comparten el mismo origen, la misma doctrina y
la misma regularidad iniciática.
Desde una perspectiva masónica y académica rigurosa, la pluralidad de
Supremos Consejos legítimos no es una anomalía, sino la expresión natural de la
tradición escocesa.
Joaquim Villalta, 33º R.E.A.A., V Orden, Gr.·. 9 y Último del Rito Moderno o Francés,
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la V Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal.
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano.
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano.
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador.
Miembro del Supremo Consejo del Grado 33º y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Islas Filipinas.
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze.
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France et la Pincipauté d'Andorre du Rite de Cerneau.
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado.
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección.
Teniente Comendador del Souverain Grand Chapitre de Princes du Royal Secret - Ordre du Royal Secret.
Masonólogo.





