10 febrero 2026

"Informe académico-masónico sobre la Carta Patente otorgada al Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de las Islas Filipinas con fecha del 21 de mayo de 2023 E.·. V.·.

Introducción 

El presente informe tiene por objeto contrastar las conclusiones derivadas del análisis de la Carta Patente examinada con la historiografía masónica clásica del Rito Escocés Antiguo y Aceptado (REAA), elaborar un dictamen de regularidad comparada y ofrecer una sistematización formal del caso desde una perspectiva académica y masónica.

El documento analizado constituye un acto de fundación y legitimación de un Supremo Consejo del Grado 33° para las Islas Filipinas, emitido por el Supremo Consejo del Grado 33° para España del Rito Antiguo y Aceptado, y presenta una particularidad doctrinal relevante: la afirmación explícita de la coexistencia y validez de las dos grandes líneas históricas del REAA, la de Charleston y la asociada a Joseph Cerneau.

Contraste con la historiografía masónica clásica


1. La línea de Charleston en la historiografía: la historiografía masónica clásica — Albert Pike, Mackey, Gould, Bernheim y posteriormente Arturo de Hoyos— coincide en reconocer al Supremo Consejo del Grado 33° para la Jurisdicción Sur de los Estados Unidos (Charleston, 1801) como el primer Supremo Consejo del REAA plenamente constituido. Esta línea, asociada a John Mitchell y Frederic Dalcho, es considerada el punto de cristalización institucional del sistema de 33 grados. Desde esta perspectiva, la afirmación del documento analizado que reconoce a Charleston como Mother Council of the World se encuentra en plena consonancia con la tradición historiográfica dominante.

2. La línea continental francesa y Grasse-Tilly: la historiografía europea —Ragon, Thory, Clavel— reconoce que el REAA se implantó tempranamente en Francia a través de Alexandre François Auguste de Grasse-Tilly, quien actuó como vector de transmisión entre América y Europa. El Concordato de 1804 entre el Gran Oriente de Francia y el sistema de Altos Grados es interpretado por muchos historiadores como una integración jurídica y ritual del REAA en el espacio masónico francés. El documento analizado se alinea con esta lectura al afirmar que el Rito fue integrado “en propiedad” en el seno del Gran Oriente de Francia, reconociendo la legitimidad de esta vía continental.


3. Joseph Cerneau y la controversia historiográfica: la figura de Joseph Cerneau ha sido históricamente controvertida. La historiografía anglosajona vinculada a la Jurisdicción Sur tendió a calificar su sistema como irregular o cismático. Sin embargo, estudios más recientes y la historiografía francesa subrayan que Cerneau recibió reconocimiento y apoyo del Gran Oriente de Francia. El documento analizado adopta esta interpretación historiográfica, situando la línea Cerneau dentro de una regularidad histórica reconocida por una potencia masónica soberana de primer orden.
 
Dictamen de regularidad comparada

1. Criterios clásicos de regularidad: 
Desde un punto de vista comparado, la regularidad de un Supremo Consejo suele evaluarse según su continuidad histórica documentada, transmisión iniciática válida, reconocimiento por otras potencias masónicas soberanas así como su coherencia ritual y doctrinal.

2.  Evaluación de la línea Charleston: la línea Charleston cumple de forma estricta
todos los criterios clásicos de regularidad, siendo la referencia normativa principal en el mundo anglosajón.

3. Evaluación de la línea Cerneau: la línea Cerneau presenta una regularidad histórica de tipo continental, es deceor, transmisión iniciática documentada, reconocimiento explícito del Gran Oriente de Francia, inserción en una tradición masónica soberana distinta de la anglosajona. Desde una perspectiva de regularidad comparada, puede afirmarse que se trata de una regularidad alternativa, no derivada, basada en un paradigma diferente de soberanía masónica.

4. Dictamen: El documento analizado formula un modelo de regularidad integradora, en el que ambas líneas son consideradas legítimas dentro de sus respectivos marcos históricos y doctrinales. Este modelo no contradice la historiografía clásica, sino que adopta una lectura plural y contextualizada de la regularidad masónica.

5. Valoración académica y masónica del documento: la Carta Patente se apoya en una construcción histórica coherente y documentada. Su posición doctrinal es inclusiva y conciliadora, no excluyente. Refleja una comprensión moderna de la historiografía masónica, sensible a la diversidad de tradiciones. Desde el punto de vista académico, constituye un ejemplo de reinterpretación contemporánea del concepto de regularidad. Desde el punto de vista masónico, se sitúa claramente en la tradición adogmática y soberana del REAA continental.
 
Conclusión general

Contrastadas las conclusiones iniciales con la historiografía masónica clásica, puede afirmarse que el documento analizado no se aparta de los hechos históricos fundamentales, sino que adopta una lectura amplia y reconciliadora de las dos grandes líneas del Rito Escocés Antiguo y Aceptado.

El dictamen de regularidad comparada es favorable dentro del marco doctrinal que el propio documento asume, y su formulación resulta consistente tanto académica como masónicamente. Este informe puede ser considerado un análisis formal válido para su presentación en ámbitos académicos, masónicos o histórico-doctrinales. Se evalúan por separado la línea Charleston y la línea Cerneau. Se formula un dictamen claro: regularidad integradora y plural, coherente con el paradigma continental del REAA.

Transformación en informe formal


Estructura académica (introducción, desarrollo, conclusiones): lenguaje apto para exponer en un Supremo Consejo, en una  presentación en un simposio masónico, o inclusión en un dossier histórico-doctrinal con estilo sobrio, no apologético, pero claramente posicionado. Siguiente paso:
 
DICTAMEN JURÍDICO-MASÓNICO

Sobre la Carta Patente de Fundación del Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de las Islas Filipinas.
 
I. OBJETO DEL DICTAMEN

El presente dictamen tiene por objeto examinar, valorar y pronunciarse, desde una perspectiva jurídico-masónica, histórica y doctrinal, sobre la Carta Patente emitida por el Supremo Consejo del Grado 33° para España del Rito Antiguo y Aceptado, mediante la cual se procede a la fundación y legitimación de un Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de las Islas Filipinas, así como sobre el modelo de regularidad masónica explícita e implícitamente asumido en dicho documento.

II. VISTOS

Visto primero.

La Carta Patente objeto de análisis, en cuanto acto soberano de carácter constitutivo, dotado de efectos jurídicos internos dentro del sistema del Rito Escocés Antiguo y Aceptado.
 
Visto segundo.

La historiografía masónica clásica y contemporánea relativa al origen, desarrollo y transmisión del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, tanto en su vertiente anglosajona como continental.

Visto tercero.


Los precedentes históricos y doctrinales relativos a la constitución de Supremos Consejos, la noción de soberanía masónica y los criterios tradicionales de regularidad.
 
III. CONSIDERANDOS

Primero
. Sobre la línea de Charleston que la historiografía masónica mayoritariamente reconoce al Supremo Consejo del Grado 33° para la Jurisdicción Sur de los Estados Unidos (Charleston, 1801) como el primer Supremo Consejo plenamente constituido del REAA, siendo esta línea la que cristaliza institucionalmente el sistema de 33 grados.

Que la Carta Patente analizada reconoce expresamente dicha primacía, identificando a Charleston como Mother Council of the World, lo cual resulta conforme con la doctrina histórica consolidada.
 
Segundo. Sobre la implantación continental del Rito

Que consta históricamente que el Rito Escocés Antiguo y Aceptado fue introducido en Francia por Alexandre François Auguste de Grasse-Tilly, y que su integración en el espacio masónico francés se formalizó mediante acuerdos y prácticas reconocidas por el Gran Oriente de Francia.

Que el documento examinado afirma que el Rito fue integrado “en propiedad” en dicho cuerpo masónico, asumiendo una concepción continental de la soberanía ritual, distinta pero no contradictoria de la anglosajona.

Tercero
. Sobre la línea atribuida a Joseph Cerneau: que la figura de Joseph Cerneau ha sido objeto de controversia histórica, particularmente desde posiciones jurisdiccionales anglosajonas, que tendieron a negar su regularidad.

Que la historiografía francesa y los estudios críticos contemporáneos coinciden en que Cerneau actuó en un contexto contando con reconocimiento y amparo del Gran Oriente de Francia, lo que le confiere una legitimidad histórica específica.

Que la Carta Patente adopta esta interpretación, integrando la línea Cerneau dentro de
un marco de regularidad histórica reconocida por una potencia masónica soberana.


IV. FUNDAMENTOS JURÍDICO-MASÓNICOS

1. Sobre los criterios clásicos de regularidad


Que, conforme a la doctrina masónica comparada, la regularidad de un Supremo Consejo se evalúa atendiendo, entre otros, a los siguientes criterios:

· Continuidad histórica documentada

· Transmisión iniciática válida

· Reconocimiento por potencias masónicas soberanas

· Coherencia ritual y doctrinal
 
2. Aplicación de dichos criterios

Respecto de la línea Charleston, resulta acreditado que cumple plenamente con todos los criterios señalados, constituyendo el paradigma normativo del mundo anglosajón.

Respecto de la línea Cerneau, consta que cumple con los criterios de transmisión, reconocimiento y coherencia dentro de un paradigma continental de soberanía masónica, distinto en su fundamento, pero no carente de legitimidad histórica.
 
V. DICTAMEN

En virtud de lo expuesto, este dictamen jurídico-masónico concluye:

1. Que la Carta Patente analizada se fundamenta en una construcción histórica coherente, apoyada en fuentes historiográficas reconocidas.

2. Que el modelo de regularidad asumido es de carácter integrador y plural, reconociendo la coexistencia legítima de dos grandes tradiciones históricas del Rito Escocés Antiguo y Aceptado.

3. Que dicho modelo no contradice la historiografía masónica clásica, si no que la interpreta de forma contextualizada, conforme a la diversidad de tradiciones soberanas del REAA.

4. Que, dentro del marco doctrinal que el propio documento establece, el dictamen de regularidad es favorable.
 
VI. CONCLUSIÓN FINAL

Por todo lo anteriormente expuesto, se dictamina que la Carta Patente del Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de las Islas Filipinas constituye un acto masónico jurídica, histórica y doctrinalmente consistente, alineado con una concepción moderna, adogmática y soberana del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, plenamente defendible tanto en el ámbito académico como en el estrictamente masónico.

Pasamos ahora a exponer una Versión reforzada y técnicamente más contundente, integrada en lenguaje jurídico-masónico, que puede sustituir o añadirse como apartado específico dentro del dictamen, dejando inequívocamente establecido que el Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de las Islas Filipinas posee regular y legítimamente ambas líneas de transmisión: Charleston y Cerneau.

REFORZAMIENTO DOCTRINAL

Sobre la doble línea de transmisión regular del Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado para las Islas Filipinas
 
Considerando adicional

Que no se trata únicamente de un reconocimiento teórico o historiográfico, sino que la Carta Patente examinada afirma y documenta una doble transmisión iniciática efectiva, correspondiente a:
· la línea de Charleston, derivada del sistema fundacional del Supremo Consejo para la Jurisdicción Sur de los Estados Unidos (1801), y

· la línea continental asociada a Joseph Cerneau, reconocida y amparada históricamente por el Gran Oriente de Francia.

Que ambas transmisiones concurren plenamente en el Supremo Consejo del Grado 33° para Filipinas, no como hipótesis doctrinal ni como superposición simbólica, sino como hecho jurídico-masónico regular, fundado en actos soberanos válidos.

Fundamentos jurídico-masónicos específicos

Primero. Sobre la transmisión iniciática válida


La regularidad masónica no se agota en la adhesión historiográfica a una línea, sino que exige:

· acto de transmisión formal,

· autoridad transmisora legítima, y

· continuidad iniciática verificable.

Consta que el Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de las Islas Filipinas recibe y conserva ambas transmisiones mediante actos soberanos emitidos por potencias masónicas regulares, lo que satisface plenamente los criterios clásicos de validez iniciática.
 
Segundo. Sobre la legitimidad de la doble filiación

No existe, desde un punto de vista jurídico-masónico, principio alguno que impida la concurrencia de dos líneas de transmisión, siempre que:

· ambas sean regularmente constituidas,

· no exista ruptura iniciática, y

· la soberanía del cuerpo receptor sea expresa y consciente.

Antes bien, la tradición continental del REAA reconoce que la soberanía masónica no es excluyente por naturaleza, y que la acumulación legítima de transmisiones refuerza, y no debilita, la regularidad de un Supremo Consejo.

Tercero. Sobre la inexistencia de contradicción doctrinal

La línea de Charleston y la línea Cerneau:

· no difieren en el corpus esencial del sistema de 33 grados,

· no presentan incompatibilidad ritual sustancial, y

· se distinguen únicamente por su contexto histórico y modelo de soberanía.

En consecuencia, su coexistencia en un mismo Supremo Consejo no genera irregularidad, sino que expresa una síntesis doctrinal legítima, plenamente coherente con el REAA en su concepción adogmática.

Dictamen reforzado


En virtud de lo expuesto, se dictamina de manera expresa y categórica que:

1. El Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de las Islas Filipinas posee regular y legítimamente las dos grandes líneas históricas de transmisión del Rito Escocés Antiguo y Aceptado:

o la línea de Charleston, y

o la línea Cerneau de tradición continental.

2. Dicha doble transmisión no es declarativa ni simbólica, sino efectiva, válida y jurídicamente masónica.

3. La concurrencia de ambas líneas refuerza la regularidad, la soberanía y la legitimidad histórica del Supremo Consejo de Filipinas, situándolo en una posición de plena capacidad iniciática y doctrinal.

4. Cualquier objeción basada en una concepción exclusiva o unilateral de la regularidad carece de fundamento histórico y doctrinal en el marco del REAA continental.

Fórmula conclusiva sugerida




“El Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado para las Islas Filipinas es portador legítimo, regular y soberano de las dos grandes líneas históricas del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, integradas armónicamente en un mismo cuerpo, conforme a la tradición adogmática, universal y no excluyente del Rito.”


PARA: Archivo de Investigación Masónica/Registro Histórico ICSC FECHA: 15 de enero de 2026

ASUNTO: Informe académico-masónico sobre la Carta Patente del Supremo Consejo del Grado 33° y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de las Islas Filipinas.


Joaquim Villalta, V Orden, Gr.·. 9 y Último del Rito Moderno o Francés, 33º R.E.A.A.
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la Vª Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro del Supremo Consejo del Grado 33º y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Islas Filipinas
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Cerneau's Rite)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Escocés Antiguo y Aceptado
Soberano Gran Comendador del Muy Poderoso Soberano Gran Consistorio de los Jefes Supremos de la Alta Masonería del Rito Escocés de Hérédom Antiguo y Aceptado para España
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección
Masonólogo

07 febrero 2026

La Legitimidad del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de Joseph Cerneau

Este artículo analiza la figura de Joseph Cerneau y la legitimidad de su sistema masónico a partir de la premisa de que las Grandes Constituciones de 1786 son documentos apócrifos. A través de este prisma, la actuación de Cerneau en Nueva York deja de ser vista como una "usurpación" para entenderse como una defensa de la tradición frente a la innovación administrativa.

El Conflicto de Legitimidad: La Sombra de 1786

El debate histórico sobre el "Cerneauismo" suele centrarse en la validez de su patente y su interpretación geográfica. Sin embargo, el argumento central que sostiene la defensa de Cerneau es la falsedad de las Constituciones de 1786, supuestamente firmadas por Federico II de Prusia.

  • Tesis de la Falsedad: Numerosos historiadores sostienen que Federico II nunca firmó dicho documento. Si estas Constituciones son falsas, el Grado 33 y los Supremos Consejos con jurisdicción nacional carecían de base legal en ese momento.
  • Consecuencia Jurídica: Bajo esta premisa, en 1807, Nueva York era un "territorio libre" donde no existía una autoridad masónica superior de 33 grados con derecho exclusivo.

Los Tres Pilares de la Defensa de Cerneau

La legitimidad de Cerneau no se basa en una jerarquía burocrática, sino en principios éticos y de supervivencia iniciática.

1. La Primacía de la "Luz" sobre la Burocracia

En situaciones de "estado de necesidad extrema", como la guerra y el exilio, la prioridad de un Inspector es preservar el Rito. El principio de Salus populi suprema lex est (la salvación del pueblo es la ley suprema) justifica que un Diputado Inspector con el conocimiento y los rituales actúe para evitar la extinción del sistema en una región.

2. El Vacío legal como Espacio de Creación

Según las Constituciones de 1762 (las únicas vigentes y aceptadas si se descartan las de 1786), la autoridad reside directamente en las Patentes.

  • Soberanía por Presencia: Cerneau, al ser la única autoridad del Rito de Perfección presente en la zona, actuó como un Soberano por derecho propio, no subordinado a estructuras externas inexistentes o ilegítimas.

3. Doctrina de Supervivencia: El "Norte de Cuba"

La interpretación de su patente —que le facultaba para actuar al "Norte de Cuba"— como una autorización para trabajar en cualquier lugar al norte (incluyendo Nueva York) se entiende como una herramienta de legitimación necesaria ante la fuerza mayor del exilio. Más que una invasión de jurisdicción fue una expansión para evitar que el Rito muriera con él.

La Evolución del Rito: Del 25 al 33

Uno de los puntos más polémicos fue la adopción del sistema de 33 grados por parte de Cerneau. No obstante, desde la lógica del Rito de Perfección, este paso era coherente:

  • Derecho de Evolución: Al igual que los fundadores de Charleston añadieron 8 grados a los 25 de Morin para crear el REAA, Cerneau tenía el mismo derecho de evolucionar su sistema para no quedar en desventaja administrativa.
  • Grado de Gestión: El Grado 33 era visto entonces como un grado administrativo necesario para gobernar un Supremo Consejo.
  • Inexistencia de Copyright: Al no reconocer las Constituciones de 1786, nadie poseía la exclusividad del Grado 33, el cual ya circulaba en diversos manuscritos por Europa y el Caribe.

Conclusión: Éxito y Conflicto Político

El verdadero conflicto no fue ritual, sino de éxito y competencia. El Muy Poderoso Soberano Gran Consistorio de los Jefes de la Alta Masonería de Hérèdom Antiguo y Aceptado de Cerneau, renombrado Supremo Consejo, fue extremadamente exitoso y ofreció una alternativa percibida como más democrática y menos aristocrática que el REAA centralizado en Carolina del Sur.

Para Cerneau, su sistema era la evolución orgánica del Rito de Perfección basado en la línea de Morin/Dupotet. La controversia histórica, por tanto, no es tanto una cuestión de "ilegalidad", sino de una lucha por la hegemonía entre dos visiones del desarrollo masónico en el siglo XIX.


Joaquim Villalta, V Orden, Gr.·. 9 y Último del Rito Moderno o Francés, 33º R.E.A.A.
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la Vª Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro del Supremo Consejo del Grado 33º y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Islas Filipinas
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Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección
Masonólogo 

02 febrero 2026

International Confederation of Supreme Councils of the 33º AASR (ICSC): el triunfo del "Modelo Lafayette"

Este artículo se ha titulado titulado "El Triunfo del modelo Lafayette" porque describe cómo la visión de integración y convivencia que representó Lafayette en el siglo XIX ha terminado por imponerse sobre el antiguo dogma de exclusión y pureza genealógica.

La existencia y el funcionamiento de la International Confederation of Supreme Councils of the 33º AASR (ICSC) es, posiblemente, la prueba definitiva de que la disputa entre Charleston y Cerneau ha sido superada por la vía de los hechos, priorizando la fraternidad iniciática sobre la pureza genealógica.

Esta confederación aporta tres refuerzos fundamentales a la tesis que hemos venido analizando:

1. La "Regularización por Reconocimiento Mutuo"

La ICSC rompe con el dogma del siglo XIX que dictaba que una línea debía anular a la otra. Al sentar en la misma mesa a Supremos Consejos de línea Charleston (vía Mitchell/Pike) y de línea Cerneau (vía Lafayette/Francia), la Confederación (ICSC) establece que:

  • La legitimidad actual emana del trabajo masónico real y el reconocimiento de sus pares, no de la "mancha" de origen de sus patentes.

  • Se acepta tácitamente que ambas líneas son ramas de un mismo árbol (el sistema de Morin), validando que el desarrollo de 25 a 33 grados fue un proceso histórico común y no un "crimen" exclusivo de Cerneau.

2. El fin del monopolio de la "Línea Madre"

Durante 150 años, la Jurisdicción Sur de EE. UU. (Charleston) impuso la idea de que solo ellos podían autorizar la creación de nuevos Consejos. La Confederación refuerza una visión policéntrica:

  • Reconoce que existen múltiples "focos" de legitimidad.

  • Muchos de estos 29 Consejos no piden permiso a Charleston ni a la Jurisdicción Norte de EE. UU., sino que basan su soberanía en su propia historia nacional y sus vínculos con potencias como el Gran Oriente de Francia o el Supremo Consejo de Francia, que han mantenido vivas ambas tradiciones.

3. La primacía del Rito sobre la Administración

El refuerzo más importante es de carácter ritual. En la Confederación (ICSC) se trabaja el Rito Escocés Antiguo y Aceptado (REAA) como un cuerpo de enseñanzas universal.

  • Si los rituales, las palabras de pase y la filosofía son coincidentes, la Confederación (ICSC) asume que el "espíritu" del rito es el mismo.

  • Esto deja en evidencia que las acusaciones de Albert Pike contra Cerneau eran puramente políticas y jurisdiccionales, ya que si el sistema de Cerneau fuera realmente "espurio" o "falso", no podría producir masones que trabajen de forma idéntica a los de la línea de Mitchell.

Conclusión: El Triunfo del "Modelo Lafayette"

Al final del camino, la Confederación Internacional parece haber dado la razón a Lafayette. Mientras que en el siglo XIX se buscaba la uniformidad mediante la exclusión, en el siglo XXI estos 29 Supremos Consejos buscan la unidad mediante la diversidad.

El hecho de que hoy convivan pacíficamente demuestra que:

  1. Las Grandes Constituciones de 1786 son tratadas más como un referente simbólico que como una ley histórica inamovible.

  2. La línea de Cerneau ha sido plenamente rehabilitada en el ámbito internacional, demostrando que su "irregularidad" fue una etiqueta temporal impuesta por sus rivales comerciales


Joaquim Villalta, V Orden, Gr.·. 9 y Último del Rito Moderno o Francés, 33º R.E.A.A.
M.·. I.·.
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Masonólogo


29 enero 2026

El Juramento Masónico: de mis conversaciones con Patrick Négrier

Entre las enriquecedoras conversaciones e intercambios epistolares que mantengo con el muy Querido Hermano, amigo filósofo y masonólogo, Patrick Négrier, hoy voy a acercar a este espacio una reflexión sobre el juramento masónico.

Patrick Négrier, como siempre haciendo gala de una erudición y conocimiento extraordinarios, combina esas cualidades con la de la humildad de quien comparte con el prójimo por amor a la verdad en sí misma. Un regreso al método de la recepción del conocimiento mediante el estudio, el análisis, la reflexión vivencial, dejando al margen la vileza profana, la incapacidad de argumentar el disenso. Es regresar al intercambio mediante el debate inteligente sobre bases sólidas, contrastadas y libres de cualquier tipo de subyugación. Este es el estado en el que muy pocos masonólogos se hallan, pues sí son verdaderamente libres, y cada paso que dan en el avance de sus pesquisas, reflexiones e investigaciones, valen su peso en oro. Un estado de consciencia y actitud que está a años luz, por desgracia de una inmensa mayoría de francmasones de joya de latón y mandil de lentejuelas.
Su amistad me honra, y le quedo eternamente agradecido por lo mucho que de sus guías y enseñanzas he conseguido en gran medida saciar mi sed del conocimiento y me ha permitido ver más luz a pesar de estar rodeado de tinieblas de todo tipo. Gracias Patrick por estar siempre ahí.
Creo que es el momento en el que hay que precisar con la máxima precisión el elemento formal ritual, filosófico e incluso hermenéutico del contenido de nuestros actuales Rituales para ser coherentes, y así evitar confusiones atroces. Una vez más debemos esforzarnos por saber de dónde venimos, como mutamos, como evolucionamos y a donde vamos con las actuales estructuras rituales y sus corpus doctrinales. Por eso que el tema del juramento, no es un tema menor, y solo comprendiendo su precisa aparición contextuada adecuadamente, podremos llegar a entender el de compromiso en diferentes conceptos de la masonería del Siglo XVIII.

Joaquim Villalta, V Orden, Gr.·. 9 y Último del Rito Moderno o Francés, 33º R.E.A.A.
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Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Escocés Antiguo y Aceptado
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Masonólogo


El Juramento Masónico (de mis conversaciones con Patrick Négrier)

“Sí, querido Joaquim, tienes razón, como lo he demostrado en mis libros, los autores británicos de los Antiguos Deberes católicos y luego anglicanos (a partir de la mitad del siglo XVI) habían concebido y elaborado sus Deberes de acuerdo con el modelo proporcionado por la "Regla de los monjes" de Benito de Nursia.

Así es como en los Deberes podemos ver:

1. La plegaria de entrada a la Trinidad se inspiró en el "Prólogo" de Benito que es una oración;

2. la historia alegórica y legendaria del Oficio se inspiró en el capítulo I de Benito sobre la historia del monacato que había visto la aparición de varios tipos de monjes;

3. la escala de las artes liberales de la República de Platón que se encuentra en los Antiguos Deberes había sustituido al capítulo VII de Benito sobre la escala de la humildad;

4. la lista de deberes profesionales y morales de los masones que se encuentran en los Antiguos deberes se inspiró en los capítulos IV y LXXII de Benito sobre los instrumentos de las buenas obras;

5. y, finalmente, el juramento de los Masones sobre el "Libro" de los Deberes después de leerlos al recipiendario se inspiraba en el capítulo LVIII de Benito en la forma de recibir a los hermanos en el monasterio por los tres votos de estabilidad, conversión de modales (castidad y pobreza) y obediencia DESPUÉS DE LEER AL JOVEN MONJE LA REGLA DE BENITO (¡y no la Biblia!).

Cuando, en Kilwinning (entre 1599 y 1630, no sabemos exactamente cuándo), los masones calvinistas presbiterianos (¡y no los arminianos!) reformaron el rito al reemplazar los Antiguos deberes con el Mot de Maçon, obviamente rechazaron el modelo benedictino del rito masónico por dos razones: primero porque la "Sola Scriptura" de la Reforma luterana y calvinista les prohibía asentarse en materiales no bíblicos; y luego porque se oponían ferozmente al monacato (los calvinistas escoceses habían destruido los monasterios).

En los Antiguos deberes, la legendaria historia del Oficio era una alegoría de las vicisitudes del arte gótico de las catedrales; dado que los calvinistas presbiterianos se oponían no solo a la arquitectura sagrada sino también al episcopado y, por lo tanto, a las catedrales (los presbiterianos eran democráticos y habían abolido la institución del episcopado considerado de tipo monárquico), rechazando esta historia gótica del Oficio para sustituirla por un material exclusivamente bíblico: el simbolismo del templo de Salomón cuyas dos columnas habían inspirado a Pablo la comparación de los tres apóstoles con las columnas en Gálatas 2,9 (versículo que uno no puede entender sin tener en cuenta todo este capítulo 2).

Como en los Antiguos deberes la escala platónica de las artes liberales no era bíblica, los masones calvinistas la rechazaron. Y dado que el Libro de los Deberes sobre el cual juraron los masones anglicanos no era bíblico, los masones calvinistas lo sustituyeron jurando sobre la Biblia”.

Patrick Négrier


21 enero 2026

La ICSC como una alternativa progresista y plural


Este análisis detalla la estructura, influencia y visión estratégica de la International Confederation of Supreme Councils (ICSC), una organización que aglutina a 29 Supremos Consejos a nivel mundial. La ICSC se presenta como una alternativa progresista y plural al bloque tradicionalista, basando su fuerza en la diversidad de sus orígenes históricos y su adaptabilidad a la sociedad moderna.

 

1. Pilares de Legitimidad y Diversidad Histórica

A diferencia de otras organizaciones que exigen una única línea sucesoria, la ICSC fundamenta su autoridad en la convergencia de las tres grandes vertientes del Rito Escocés Antiguo y Aceptado (REAA):

    Línea Charleston (1801): Representada por la legitimidad histórica de Rogelio Riveros (México 1860).

    Línea Grasse-Tilly (1804/1806): La rama que introdujo el rito en Europa continental, con especial relevancia en el Supremo Consejo de Italia y se proyectó a través del GODF, readaptándola tras integrarla desde 1804 hasta 1815, y su Colegio de Ritos al Gran Oriente del Perú que preside Mario Rolleri.

    Línea Cerneau (1807): Tradición defendida por referentes como Joaquim Villalta (España) y Milciades Osorio (Colombia), que reivindica la soberanía e independencia de las patentes originales de Nueva York.

Esta "Polifonía Masónica" permite que la validez del grado se sustente en el trabajo ritual y la posesión de patentes auténticas, más que en un reconocimiento administrativo centralizado.


2. Impacto Estratégico y Geopolítico

La confederación actúa como un bloque de poder disruptivo que desafía los monopolios territoriales tradicionales.

Expansión Global

    Mundo Hispanohablante: El eje Villalta-Riveros-Osorio-Rolleri asegura una cobertura total en Europa y América, influyendo en la doctrina y formación de cuadros dirigentes.

    Mundo Anglosajón: La presencia de Kassy Parker y diversos consejos en EE. UU. permite la penetración del REAA en territorios tradicionalmente controlados por la Gran Logia Unida de Inglaterra y las jurisdicciones Norte y Sur de EE.UU.

    Sudeste Asiático: La integración del Supremo Consejo de Filipinas (Mixto) es clave por su historia de resistencia y su posición geopolítica, desafiando la tutela estadounidense en el Pacífico así como la Presencia de los Cuerpos del Supremo Consejo británico y también míxto del Supremo Consejo Británico de la GLMM de Kassy Parker

Dimensiones de Influencia

Ámbito

Impacto de la Confederación

Intelectual

Publicación de rituales y estudios históricos que desafían la narrativa oficialista.

Jurídico

Defensa de la soberanía nacional frente a intentos de "colonización" masónica extranjera.

Social

Integración de corrientes mixtas y liberales vinculadas a los derechos humanos y la igualdad.

 

3. Análisis Comparativo: ICSC vs. Modelo de Lausana (1875)

La divergencia fundamental reside en el concepto de Regularidad y la concepción del Derecho Masónico.

Criterio

Confederación de Lausana (Modelo 1875)

International Confederation (ICSC)

Legitimidad

Exclusivista: Solo línea de Charleston/Lausana

Pluralista: Acepta Charleston, Grasse-Tilly y Cerneau.

Soberanía

Monopolista: "Un solo Supremo Consejo por nación.

Abierta: Basada en la autenticidad de la Carta Patente.

Género

Exclusivamente Masculina en altos grados.

Mixta, Masculina y Femenina: Reconoce la plena igualdad de la mujer

Visión

Estructura administrativa regulada.

Patrimonio universal de la humanidad

 

4. Conclusiones: La Resistencia del Escocismo

La ICSC ha logrado transformar la diplomacia masónica mediante la creación de un "Derecho de Gentes Masónico". Sus conclusiones principales son:

1.    Triunfo de la Fraternidad sobre la Burocracia: Han sustituido el reconocimiento por obediencia por un "Reconocimiento por Identidad", donde la soberanía nacional es el valor supremo

2.    Ruptura del Techo de Cristal: Al reconocer a mujeres como Soberanas Grandes Comendadoras, se posicionan en el sector de mayor crecimiento: la Masonería Mixta.

3.    Blindaje Jurídico: Sus tratados validan recíprocamente las líneas de Charleston, Grasse-Tilly y Cerneau, anulando intentos externos de calificar a sus miembros como "irregulares".

4.    Alianza de Estado Masónica: La unión de líderes de Barcelona, México, Bogotá, Cosenza, Quito, Cuenca, Lima, Londres y Manila, entre otros, garantiza un REAA libre, soberano y universal, protegiendo los rituales originales frente a diluciones administrativas.

Post Data: La frase "Derecho de Gentes Masónico" utilizada en el documento expresa un modelo de convivencia y reconocimiento mutuo entre potencias masónicas que trasciende la burocracia y los dogmas administrativos tradicionales.

Este concepto implica lo siguiente:

Unidad en la Diversidad: Establece que masones de distintos países (como Filipinas o México) y de diferentes ramas históricas (Cerneau, Charleston o Grasse-Tilly) son capaces de hablar el mismo lenguaje ritual y deben guardarse la misma lealtad fraternal, sin importar su origen administrativo.

    Reconocimiento por Identidad: Representa una transición de una "Masonería de Reconocimientos" (basada en permisos burocráticos) a una "Masonería de Identidades", donde el objetivo final es la fraternidad universal y el respeto a la herencia histórica de cada miembro.

    Soberanía y Autenticidad: Defiende que la regularidad de una potencia reside en la posesión de una patente auténtica y en la calidad de su trabajo ritual, y no en el "permiso" o monopolio territorial de una organización centralizada.

    Igualdad Jurídica entre Líneas: Actúa como un marco donde todas las corrientes sucesorias del Rito Escocés Antiguo y Aceptado son tratadas con la misma dignidad y valor jurídico, logrando la "paz" entre líneas que estuvieron enfrentadas durante siglos.

Red Horizontal: Transforma la estructura piramidal clásica en una red horizontal de naciones soberanas que protegen el rito en su forma más pura y diversa, anteponiendo la verdad histórica a las conveniencias políticas.


Joaquim Villalta, 33º R.E.A.A., V Orden, Gr.·. 9 y Último del Rito Moderno o Francés,
M.·. I.·.
Director de la Academia Internacional de la V Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal.
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano.
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano.
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador.
Miembro del Supremo Consejo del Grado 33º y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Islas Filipinas.
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze.
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France et la Pincipauté d'Andorre du Rite de Cerneau.
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado.
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección.
Teniente Comendador del Souverain Grand Chapitre des Princes du Royal Secret - Ordre du Royal Secret.
Masonólogo.

15 enero 2026

Informe Técnico. El Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado (Cerneau's Rite) y la Confederación Internacional de Supremos Consejos ICSC



 Informe Técnico. El Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado (Cerneau's Rite) y la Confederación Internacional de Supremos Consejos ICSC

 

PARA: Archivo de Investigación Masónica / Registro Histórico

DE: Joaquim Villalta, 33º REAA, V Orden Gr. 9 RF

FECHA: 24 de diciembre de 2025

ASUNTO: Análisis de Legitimidad, Alianzas y Estructura Internacional de la Línea Cerneau en España.


1. PREÁMBULO: IDENTIDAD DEL RITO DE CERNEAU

El Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado (Cerneau’s Rite) se fundamenta en la tradición escocista previa a la hegemonía administrativa establecida en 1801. Bajo la dirección del Muy Poderoso Soberano Gran Comendador Joaquim Villalta 33º, este organismo se define como un Ateneo Masónico de Investigación. Su objetivo primordial es la búsqueda de la verdad histórica y la práctica de una masonería adogmática, laica y soberana, donde el progreso en el rito exige una producción intelectual y ética verificable.

2. PILARES DE LA GESTIÓN DE JOAQUIM VILLALTA

La legitimidad de este Supremo Consejo se sustenta en el rigor documental y la visión estratégica de su actual dirección:

·         Recuperación de Patentes: Restablecimiento de la línea histórica de Joseph Cerneau (1807) y la Patente de Étienne Morin (1761).

·         Convergencia de Ritos: Integración de la V Orden del Rito Francés, permitiendo una visión integral del esoterismo y el racionalismo europeo dentro del Escocismo.

·         Soberanía Nacional: Reivindicación de la masonería española como un ente autónomo e independiente de potencias extranjeras.

3. LA CONFEDERACIÓN INTERNACIONAL DE SUPREMOS CONSEJOS (ICSC)

La organización española es un nodo central de la International Confederation of Supreme Councils of the 33º Degree of the Ancient and Accepted Scottish Rite, que agrupa a 29 Supremos Consejos en los cinco continentes. Esta alianza opera bajo un modelo federal, no jerárquico.

3.1. Ejes de Legitimidad Estratégica

·         Eje México (Primado e Histórico): Alianza con el Supremo Consejo de México (1860/1868), vinculando a España con una de las patentes más antiguas y respetadas de América.

·         Eje Italia (Cosenza): Tratado con el Supremo Consiglio del 33° ed ultimo Grado para Italia y sus Dependencias, consolidando un bloque mediterráneo de libre pensamiento.

·         Eje Sudamericano (Colombia y Perú): Reconocimiento mutuo con el Gran Oriente Nacional Colombiano (1824) y el Gran Oriente del Perú (1852), reforzando la soberanía y la tradición ritual en la región.

·         Eje Anglo-Balcánico: Tratados con el Reino Unido y Serbia que expanden el modelo de librepensamiento en territorios tradicionalmente dogmáticos.

4. DEFENSA TÉCNICA DE LA LEGITIMIDAD Y SOBERANÍA

Frente a las críticas de la masonería oficialista, el Consejo sostiene tres argumentos fundamentales:

1.      Legitimidad de Origen: Posesión de patentes históricas anteriores a la burocratización del siglo XIX.

2.      Regularidad de Ejercicio: Definida por la práctica pura del rito y la defensa activa de los Derechos Humanos.

3.      Protección Jurídica Iniciática: La red internacional garantiza la vigencia de la condición masónica de sus miembros frente a sanciones externas.

5. ESTRUCTURA Y FORMACIÓN (ESCALA DEL 4º AL 33º)

El conocimiento se organiza de forma progresiva, exigiendo rigor académico para cada ascenso:

Bloque

Grados

Enfoque de la Línea Cerneau/Villalta

Logia de Perfección

4º - 14º

Búsqueda de la Verdad y justicia social.

Capítulos

15º - 18º

Libertad y Fraternidad como ejes del progreso.

Areópagos

19º - 30º

Combate contra el oscurantismo y la tiranía.

Consistorios

31º - 32º

Administración de la ley masónica y síntesis filosófica.

Supremo Consejo

33º

Conservación del depósito histórico y soberanía nacional.


6. RECURSOS E INVESTIGACIÓN

El Consejo promueve la "Masonería de Investigación" a través de diversos canales:

·         Blog "Racó de la Llum": Espacio de referencia para el estudio serio de los ritos y la desmitificación histórica.

·         Producción Literaria: Obras como "Apuntes sobre Joseph Cerneau" y "Estudios sobre el Rito Moderno o Francés" sirven como base doctrinal.

·         Plataformas Académicas: Publicación de ensayos en redes como Academia.edu para garantizar la transparencia y el rigor científico.

7. CONCLUSIÓN: EL NUEVO PARADIGMA

La Confederación representa un retorno a la Masonería de las Luces. Se constituye como una red de élite intelectual que prioriza la calidad del iniciado y la soberanía del pensamiento crítico sobre la cantidad de miembros o la obediencia administrativa